La familia es fuente de deducciones en el IRPF, desde los mínimos familiares que permiten pagar menos impuestos a las familias numerosas hasta el cheque familiar. En esta ocasión te desvelamos todo lo que debes saber de la deducción por maternidad en la declaración de la renta: quien puede disfrutar de ella, a cuánto asciende y cómo y cuándo pedirla.
La declaración de la renta no es igual para todo el mundo. El IRPRF tiene en cuenta las circunstancias personales a la hora de calcular los mínimos y también las deducciones cada persona puede practicar. En este sentido, si hay un elemento que permite pagar menos impuestos este es la familia.
En otras palabras, la posibilidad de deducir por los hijos en la renta. En la actualidad existen varias deducciones y ayudas dirigidas a las familias que se orquestan a través de la declaración de la renta. La deducción por maternidad es una de las más antiguas para madres en el IRPF. ¡Vamos a ver en qué consiste y cómo funciona!
Qué es la deducción para madres trabajadoras
La deducción por maternidad es una ayuda a las madres trabajadoras con hijos menores de 3 años que se otorga vía IRPF.
Esta ayuda también puede pedirse su abono anticipado. Es decir, quienes lo deseen y tengan derecho a ello podrán cobrar por adelantado el dinero de esta ayuda y percibirlo mes a mes.
Eso sí, después habrá que indicarlo en el IRPF dentro del apartado destinado a esta deducción.
Deducción por maternidad: requisitos
La ayuda para madres está disponible para las mujeres trabajadoras con hijos menores de tres años a su cargo. Podrán acogerse a la deducción por maternidad tanto las mujeres que sean trabajadoras autónomas como las empleadas por cuenta ajena, siempre que estén dadas de alta en el régimen que les corresponda de la Seguridad Social.
En resumen, quienes no realicen actividad alguna no podrán aplicar este beneficio. Y es que la desgravación por maternidad está directamente relacionada con la la condición de trabajadora.
La deducción también se aplica en el caso de adopciones y acogimiento sin importar la edad del menor, durante los tres años siguientes a su inscripción en el Registro Civil o durante los tres siguientes años a la resolución judicial de acogimiento.
Hacienda también prevé que en caso de fallecimiento de la madre o cuando la guarda y custodia se aplique sólo al padre o tutor, éste también podrá practicar la deducción, siempre que cumpla con el resto de requisitos.
Requisitos de la ayuda para madres trabajadoras
De forma resumida, estos son los tres elementos que deben cumplir quienes quieran desgravar por sus hijos menores de tres años en el IRPF.
- Estar dada de alta en la Seguridad Social y trabajar (ejercer actividad como autónoma o empleada).
- Estar a cargo de un hijo menor de 3 años.
- Haber registrado al niño en el Registro Civil.
Un derecho traspasable
¿Qué pasa con la ayuda en caso de fallecimiento de la madre? En este supuesto, la deducción la podrá practicar el padre o quien sea el tutor legal del niño.
Eso sí, también tendrá que cumplir las condiciones de la deducción por maternidad que hemos visto.
A cuánto asciende la desgravación
La cuantía de la ayuda es de 1.200 euros anuales, aunque en realidad no se trata de una deducción, sino de una minoración de la cuota diferencial del IRPF. Dicho de otra forma, es un dinero que se restará al hacer la declaración de la renta a lo que haya que pagar o se sumará a lo que Hacienda debe devolver.
La cifra concreta para cada madre se calculará de forma proporcional al número de meses que se cumplan los requisitos sin incluirse el mes del cumplimiento de los tres años. Esto quiere decir que si el niño nació el 1 de mayo, la deducción corresponderá a ocho meses que van de mayo (incluido) a diciembre.
Incremento de la deducción por gastos de guardería
Desde 2019 existe un incremento de 1.000 euros para las madres que, además, lleven a sus hijos menores de tres años a guarderías o centros de educación infantil. Esta ayuda es un añadido a la deducción de 1.200 euros de la deducción por maternidad.
Requisitos para cobrar el incremento por gastos de guardería
En concreto, hacienda permite desgravar los gastos de custodia y cuidado de los pequeños ¿Es suficiente con haber llevado al niño a la guardería para cobrar el cheque de 1.000 euros? Normalmente sí, aunque lo mejor es que tengas claro a qué se refiere la Agencia Tributaria con “satisfacer gastos de custodia”.
Éstas son las condiciones que deben cumplir esas cantidades.
- Que se paguen a guarderías y centros de educación infantil autorizados
- Puede tratarse de gastos de inscripción y matrícula, asistencia, tanto en horario general como aplicado, y alimentación. Eso sí, deben ser gastos por meses completos. Si no sólo has llevado al niño días sueltos no podrás pedir la ayuda por guardería.
- Se incluye aquí tanto el dinero que haya pagado la madre como el otro progenitor, es decir, el padre. Así se evitan suspicacias como que el dinero salga de una cuenta conjunta o de la cuenta del padre.
- No podrás sumar el dinero que haya pagado la empresa ni la parte correspondiente al dinero de otras ayudas o subvenciones, como por ejemplo el cheque guardería que se paga en la Comunidad de Madrid.
Cómo cobrar la deducción
Existen dos modalidades para cobrar la deducción por maternidad
- De forma íntegra vía IRPF: en este caso se aplica la deducción en la declaración de la renta minorando la cuota diferencial. Es decir, si había que pagar 1.000 euros Hacienda nos devolverá 200 euros y si nos tenía que devolver 100 euros, nos devolverá 1.300 euros. Y es que la deducción por maternidad se aplica independientemente de que el resultado del IRPF sea positivo o negativo.
- De forma anticipada: quienes lo deseen y cumplan una serie de requisitos podrán cobrar los 1.200 euros de la ayuda de forma anticipada a razón de 100 euros al mes. Para hacerlo habrá que rellenar el Modelo 140 de la AEAT.
Por su parte, el incremento de la deducción por maternidad por gastos de guardería o centros de educación infantil sólo se podrá incluir al hace la renta, no se podrá percibir de forma anticipada.
Solicitar la deducción anticipada
La mayoría de mujeres suele optar por recibir los 1.200 euros de la ayuda por adelantado, mes a mes ya que así cuentan con esos 100 euros de ayuda cuando los necesita y no una vez al año.
Todas las madres con derecho a la deducción pueden pedir su anticipo, ya que no existen condiciones especiales para hacerlo. Además, podrán hacerlo en cualquier momento independientemente de la edad del niño, pero siempre con el límite de los tres años. En este sentido, también suele ser habitual pedir el primer año el anticipo y tras un IRPF a pagar, dejarlo para el momento de hacer la renta al siguiente ejercicio.
Para pedir la deducción para madres trabajadoras de forma anticipada habrá que rellenar el Modelo 140 de la Agencia Tributaria, que está disponible en la página web de Hacienda, así como en sus oficinas y en el Registro Civil.
Una vez rellenado el Modelo 140 habrá se puede presentar por diferentes vías:
- De forma telemática a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Para ello hará falta un NIF previamente incluido en la base de datos de la AEAT, DNI Electrónico y el certificado de usuario X.509.V3.
- De forma telefónica. También se puede llamar al número 901 200 354 de la AEAT y realizar el trámite con el NIF, número de cuenta bancaria, número de la Seguridad Social, el importe de la casilla 415 de la declaración de la renta del año anterior y los datos del libro de familia.
- De forma forma física. Siempre queda la opción de acudir a cualquier delegación de Hacienda y presentar el modelo 140 impreso e incluso de enviarlo por correo a la AEAT (apartado de Correos FD número 30.000, Delegación Provincial).
En principio no será necesario presentar ningún documento acreditativo adicional al propio Modelo 140, aunque después Hacienda sí puede pedir el libro de familia junto con los certificados de empadronamiento o la tarjeta de residencia para acreditar que quien pide la ayuda reside en España.
El plazo para presentar la solicitud del abono mensual anticipado de la deducción por maternidad puede realizarse en cualquier momento y no existen límites temporales.
En caso de que se produzca cualquier variación que afecte al cobro anticipado de la deducción, habrá que presentar de nuevo el modelo 140 en los 15 días naturales al cambio.
La deducción por maternidad puede sumarse a otras ayudas y deducciones como las que se aplican por nacimiento y adopción, tanto estatales como autonómicas. Si quieres consultarlas, las hemos recogido todas en el siguiente post: Maternidad y declaración de la renta
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