La compra de vehículos eléctricos suma una nueva ayuda con la deducción por adquisición de vehículos eléctricos enchufables, que tiene carácter temporal y se aplicará en la declaración de la renta.
La desgravación del 15% por la compra de un vehículo eléctrico está dirigida a particulares y estará disponible hasta 2024. Así es como funciona.
¿Quiénes puede acceder a la deducción?
La ayuda fiscal está disponible para cualquier persona que compre un coche eléctrico y lo destine a uso particular. Y es que, esta deducción no es para empresas ni para autónomos.
Los autónomos que afecten el vehículo a su actividad económica perderán el derecho a la deducción.
¿Qué tipo de vehículos eléctricos se pueden comprar con esta desgravación en el IRPF?
La deducción para vehículos eléctricos se aplicará sobre determinadas categorías de vehículos que incluyen los turismos M1, cuadricilos ligeros L6e, cuadricilos pesados L7e y motocicletas L3e, L4e y L5e.
Todos los vehículos deben tener la etiqueta tipo O (azul) de la Dirección General de Tráfico (DGT) y, además, figurar en la Base de Vehículos de IDEA. A efectos prácticos, esto incluye los vehículos de batería BEV, los eléctricos con autonomía extendida EREV, los híbridos enchufables PHEV y los coches eléctricos de pila de combustible FCEV.
Cuánto me puedo deducir
¿Qué cantidad es posible desgravar por la compra del coche? La deducción es del 15% del precio de compra del vehículo sobre una base máxima de 20.000 euros. Esto equivale a una desgravación de 3.000 euros en el IRPF a efectos prácticos.
Además, habrá que descontar del precio del vehículo las ayudas del Plan Moves III, que también tributan en la declaración de la renta. Si tienes dudas al respecto, aquí puedes ver los impuestos a pagar en la renta por el Plan Moves.
La cuantía final de la deducción se restará de la cuota íntegra estatal, igual que otras deducciones como la deducción por donativos o la deducción por inversión en empresas de nueva creación.
Para poder beneficiarse de la deducción es necesario que el pago del vehículo eléctrico se realice entre el 28 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024. En ese caso, la deducción se aplicará en el ejercicio en el que el vehículo se matricule.
La norma también permite desgravar si se abona por lo menos un 25% del precio del coche antes del 31 de diciembre de 2024. En ese caso, la deducción se practicará en el ejercicio fiscal en que se realice el pago. Eso sí, será necesario finalizar la compra del vehículo al año siguiente de ese primer abono.
Se suma la deducción para puntos de carga
Junto con la desgravación por comprar un coche eléctrico, también se ha puesto en marcha una deducción por instalar un punto de carga en el domicilio o en el parking.
En concreto, la deducción para los puntos de carga privado es del 15% sobre una base máxima de 4.000 euros. Esto se traduce en 600 euros menos en la declaración de la renta.
Las condiciones para aplicar la deducción y la forma de aplicarla es la misma que en el caso anterior. Es decir, hay que instalarlo antes de que finalice 2024 y la cantidad se restará de la cuota íntegra estatal.
Sumando ambas deducciones, una persona podrá ahorrar hasta 3.600 euros en la declaración de la renta por cambiarse al coche eléctrico y adaptar su cada para poder recargarlo.
Otros artículos sobre tu coche que te pueden interesar:
¿Algo que añadir? ¡No te cortes!