Junto con el borrador de la renta Hacienda envía a cada contribuyente sus datos fiscales, que es la información que la Agencia Tributaria posee sobre ti, tu situación personal y tus ingresos y que es la que le sirve para elaborar ese borrador. ¿Sabes de dónde proceden esos datos?
Damos por hecho que Hacienda lo sabe y que si hay algo que desconoce, no tardará en enterarse. Esto y las sanciones, son lo que frenan en muchos casos el fraude fiscal. Sin embargo, a la Agencia Tributaria también se le escapan cosas y sólo hay que fijarse en los datos fiscales que acompañan al borrador de la renta para darse cuenta -aquí puedes ver cómo solicitar el borrador de 2014-.
Y es que si hay algo que nunca nos cansamos de repetir es la necesidad de revisar el borrador de la renta antes de confirmarlo para comprobar que todos los datos son correctos y que se han practicado las deducciones de forma correcta. Los errores son habituales porque los datos fiscales de Hacienda no siempre son correctos.
Qué datos tiene Hacienda
Los datos fiscales pueden dividirse entre datos económico-financieros y personales. Los primeros son los referidos a inversiones, salarios y otros ingresos, como por ejemplo becas o ayudas percibidas. Los segundos son los que detallan la situación personal de cada contribuyente y que empiezan con su domicilio fiscal y siguen con su estado civil. Entre estos últimos figurarían también cambios de nombre, por ejemplo.
Cómo los obtiene
Hacienda obtiene sus datos de varios sitios, empezando por las declaraciones anteriores en caso de haberlas. De hecho, si es tu primera declaración deberás consignar tu domicilio fiscal porque la AEAT posiblemente no lo tenga. La Agencia Triutaria también tiene acceso a otros registros públicos como el padrón con los que puede cruzar para hacer comprobaciones.
Además, se supone que como persona física estarás dada de alta en el censo tributario, algo que harás hecho si en algún momento has necesitado que Hacienda te emita algún documento. Es a través de ese alta con el modelo 030 como Hacienda completa su información. A través de este documento se podrás:
- Darte de alta en el Censo de obligados tributarios.
- Modificar el domicilio fiscal.
- Indicar o modificar el domicilio donde Hacienda te envía sus notificaciones.
- Cambiar tu estado civil.
- Pedir etiquetas identificativas.
- Comunicar la representación legal o voluntaria
- Solicitar el NIF por una persona física que no disponga de DNI.
El modelo 030 se puede presentar en cualquier momento en cualquier oficina de la AEAT o a través de internet en la página web de Hacienda a través de este enlace.
Eso sí, recuerda que si lo que quieres es realizar un cambio de domicilio fiscal, deberás hacerlo antes de que transcurran tres meses. Además de ser conveniente hacerlo para evitar problemas con posibles deducciones por vivienda, es algo obligatorio.
Imagen – Mmaxer en Shutterstock
¿Algo que añadir? ¡No te cortes!