Cuando terminan los aplazamientos de Hacienda por el coronavirus

Una de las primeras medidas fiscales por el coronavirus fue permitir que autónomos y empresas aplazasen deudas tributarias con Hacienda y también determinados pagos fiscales. De hecho, esta medida se aprobó el 12 de marzo, antes incluso de declararse el Estado de Alarma.

En concreto, se permitía a las empresas y autónomos con una facturación inferior a 6 millones de euros aplazar el pago de deudas tributarias por un valor de hasta 30.000 euros durante seis meses, estando los tres primeros libres de intereses.

El pasado martes 26 de mayo, el Consejo de Ministros aprobaba extender a cuatro meses el periodo en el que autónomos y empresas pueden aplazar el pago de sus obligaciones tributarias sin abonar intereses. Lo que no cambió fue el plazo máximo de seis meses para el aplazamiento de esas deudas.

Qué pagos se han podido aplazar

Los pagos que se han podido aplazar y que todavía permanecerán así son las relativas al IRPF, Impuesto de Sociedades e IVA. Este último es precisamente el que más alivio ha supuesto para las arcas de empresas y profesionales, que veían como en muchos casos debían tributar por un IVA que no habían cobrado ni tenían visos de hacerlo a corto plazo.

Según los datos del Ministerio de Hacienda, a finales de mayo 638.000 autónomos y pymes se habían acogido a estas medidas con una cantidad total cercana a los 3.000 millones de euros.

Cuánto hay que pagar esos tributos

Hay que recordar que esta medida supone el aplazamiento de los pagos, no su condonación. Es decir, que en algún momento va a ser necesario hacer frente a los pagos pospuestos de IVA, IRPF e Impuestos de Sociedades.

¿Cuánto será ese momento? ¿Cuándo empieza Hacienda a cobrar los pagos aplazados? Para quienes hayan solicitado el plazo máximo de aplazamiento, el 1 de septiembre empezarán a pagar, aunque se les aplicarán intereses de demora por los meses de julio y agosto.

Por eso mismo, es bueno ir preparándose para se momento, que terminará llegando.

El ejemplo de las deudas anteriores al coronavirus

Además de permitir aplazar pagos y nuevas deudas tributarias, el Ejecutivo aprobó también suspender en marzo las liquidaciones de impuestos previas al coronavirus. Coincidiendo con la reapertura de las oficinas de la Agencia Tributaria, Hacienda se cobró de golpe los pagos correspondientes a esos aplazamientos.

En otras palabras, los pagos de los aplazamientos de IVA e IRPF de los últimos meses que debían haberse pagado en abril, marzo y mayo llegaron a la cuenta de pymes y autónomos de golpe y porrazo, todas juntas.

Este cobro ha cogido desprevenidas a muchas empresas, que se habían olvidado literalmente de esos pagos. Algunas, las menos, puede que incluso pensasen que seguían haciéndolos, ya que la decisión de suspender los cobros fue del Gobierno y se tomó sin necesidad de que las empresas lo solicitasen.

Sin embargo, para la mayoría ha sido un duro recordatorio de su situación económica y de que poco a poco habrá que volver a la normalidad fiscal, aunque no así a la del negocio. En ese entorno, es fácil prever que buena parte de esas empresas empiecen a ahora a sufrir problemas de caja.

De hecho, este cobro ha vuelto a revelar uno de los problemas crónicos de la empresa española y uno de los errores más habituales del empresario neófito: usar el IVA como parte de su caja.

Es decir, asimilar el IVA como parte de sus ingresos cuando en realidad no es tal. Y es que el IVA, independientemente del tipo de IVA que se aplica en la factura, es en realidad un dinero del Estado. Empresa y autónomos actúan como recaudadores del impuesto y a cambio Hacienda les permite deducir el IVA que gastan en su actividad (IVA soportado) al IVA que han cobrado o recaudado (IVA devengado).

La excepción la marcan las actividades exentas de IVA, que no incluyen el IVA en sus facturas ni sus productos.

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