El verano es tiempo de prácticas. Por una lado las empresas necesitan personal para cubrir las bajas y por otro los universitarios tienen tiempo para trabajar. Si es tu caso, te contamos cómo tributan los contratos de prácticas y todo lo que debes saber sobre ellos.
Las prácticas son para el verano. La época estival es cuando más proliferan este tipo de contratos, que no puede firmar cualquier empresa ni cualquier persona. Existen una serie de requisitos para que un contrato pueda considerarse de prácticas y por lo tanto estar sujetos a todos los beneficios para la empresa y también para el empelado en prácticas.
Y es que las empresas pagarán menos a la Seguridad Social por estos contratos y el trabajador también tendrá sus ventajas, aunque dejar de pagar impuestos no es una de ellas.
Características del contrato en prácticas
Hay varios factures que definen un contrato en prácticas, empezando por la necesidad de indicar la titulación del trabajador, la duración de las prácticas y, por supuesto, el alta del trabajador en la Seguridad Social. Por ley, un contrato en prácticas no podrá se inferir a seis meses, pero tampoco tener una duración superior a un año. Además, como ocurre con todos los contratos, se podrá establecer un periodo de prueba.
En el caso de los contratos de prácticas, el periodo de prueba podrá ser un mes para los titulados en grado medio o certificado de profesionalidad de nivel 1 o 2, y dos para los de grado superior o de certificado de profesionalidad de nivel 3.
Quienes pueden realizar prácticas
Los contratos en prácticas no son para todos los empleados. Para empezar, están restringidos para los menores de 30 años o de 35 años en el caso de una persona con discapacidad igual o superior al 33%. Además, deberán estar en posesión de un título universitario o de formación profesional de grado medio o superior.
Estos contratos también están limitados a los cinco primeros años tras haber terminado la carrera o siete en el caso de trabajadores con discapacidad.
Cómo tributan de los contratos de prácticas
¿Hay que pagar impuestos por las prácticas? Dependerá del tipo de prácticas. Las prácticas académicas están exentas de tributar en la declaración de la renta, pero no así las profesionales.
Las primeras se consideran prácticas que se configuran como actividades académicas integradas en el plan de estudios y en las que será este el que marque su duración -habitualmente serán no remuneradas-. Sin embargo, en las prácticas extracurriculares, que suelen ser la mayoría, la cosa cambia. Los contratos en prácticas y las retribuciones de una entidad al estudiante se consideran rendimientos del trabajo y como tales tributarán en el IRPF.
Esto quiere decir que se sumarán al resto de rentas del trabajo, como si fuese un salario, y computarán a la hora de establecer si está o no obligado a presentar la declaración de la renta. Hay que recordar que con carácter general no estarán obligados a tributar quienes ingresen menos de 22.000 euros con un solo pagador y de 11.200 si hay más de un pagador y además se han percibido más de 1.500 del segundo y siguiente pagadores.
Si también quieres saber cómo tributan los contratos de prácticas y cuánto pagarás por tus ingresos, habrá que acudir a las tablas de IRPF generales, que para el ejercicio 2015 son las siguientes tras el adelanto de la segunda fase de la reforma fiscal.
A partir del ejercicio 2016 sólo se aplicará el segundo de los tramos, es decir, el que entró en vigor el 1 de julio.
Ventajas para la empresa
Si quieres saber por qué son tan populares los contratos en prácticas, la razón están en sus bonificaciones para la empresa, empezando por una reducción del 50% de la cuota a la Seguridad Social por contingencias comunes a la que se puede sumar un 50% adicional en caso de que el beneficiario forme parte del Sistema Bacional de Garantía Juvenil.
Las ventajas son mayores si el becario estaba realizando prácticas no laborales en la empresa. En este caso la bonificación será del 65% y si el contrato en prácticas pasa a ser indefinido, se podrá disfrutar de una bonificación de 500 euros al año durante tres años y de 700 euros en el caso de las mujeres.
Seguro que ahora ya sabes por qué son tan populares este tipo de contratos.
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