Aprobados en el año 2013, en el marco de la ley de apoyo a los emprendedores, los incentivos para patentes, aplicaciones industriales de activos intangibles, denominados Patent Box, se van a ver modificados para acercarse más a las recomendaciones europeas al respecto.
Enmarcado en la tramitación de los presupuestos del próximo año se va a realizar esta modificación en la cual se tenderá replantear los gastos directamente implicados en la creación de patentes que tengan derecho a deducción dentro del impuesto de sociedades.
Hasta ahora la norma permitía reducciones en la base imponible de entre el 40% y el 60% de las rentas netas que se obtuvieran a partir de la venta de patentes, aplicaciones industriales o activos intangibles.
A partir de esta modificación, y basándose en una fórmula impulsada por la propia OCDE (dentro del denominado BEPS que busca homogeneizar estos aspectos entre otros objetivos) el nuevo modelo de aplicación se basará en el prorrateo de los gastos en los que se le incurrido a la hora de generar el activo en relación directa a los gastos generales que dicho activo derive.
El trasfondo de esta nueva aplicación, en línea con las demandas europeas, es el de buscar la homogenización fiscal tratando a la vez de evitar los espacios muertos que puedan ser aprovechados por grandes corporaciones en relación a la regulaciones del impuesto de sociedades.
En este proceso se aplicará un régimen transitorio al cual las cesiones de patentes realizadas con anterioridad al 1 de junio del año 2016 podrán acogerse. Técnicamente el límite de aplicación establecido por Europa para estas medidas se corresponde con el 30 de julio del citado año 2016, por lo cual, en este caso España llevará la delantera al curso de países que incorporarán las medidas.
En definitiva se trata de una mejora que, sobre el papel amplia y abre los abanicos posibles para los incentivos fiscales a las patentes, permitiendo además una mejora sustancial en cuanto a aprovechar mejor los cruces de sesiones y ventas de patentes entre países que hasta ahora no tenían un tratamiento igualitario.
Por otro lado, no se trata sino más que un paso añadido dentro de esa pelea fiscal que la OCDE viene manteniendo durante años en la cual busca la homogenización a la que nos hemos referido. Desde un punto de vista estratégico y de control real, en este caso de los beneficios fiscales del segmento concreto, es parte del proceso de modernización fiscal tan mentado, en el momento a nivel global tan poco aplicado.
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