Todos queremos pagar lo menos posible en la declaración de la renta y para eso apuramos nuestras deducciones. Si no quieres sorpresas, tendrás que ser capaz de justificar ese dinero que has deducido. Te explicamos cómo.
Las deducciones de IRPF son la salida que Hacienda ofrece a los contribuyentes para pagar menos impuestos en la declaración de la renta. Se trata de una fórmula con la que el Gobierno incentiva determinadas situaciones, premio algunas inversiones y ofrece ayuda a determinados colectivos, como pueden ser las familias.
Existen deducciones estatales, que son las que se aplican en todo el país -aquí puedes consultarlas todas- y otras de carácter autonómico que dependen de cada comunidad autonómica y están ideas para adecuar el impuesto a la situación de cada región. En cualquiera de los casos, si quieres deducir y pagar menos impuestos primero deberás asegurarte de que tu situación se adapta a deducción y después tendrás que ser capaz de demostrarlo. ¿Cómo se justifican las deducciones?
La respuesta más simple es “siempre con un resguardo documental” que sirva para certificar que tu situación es la que marca la dedución o que efectivamente has realizado el gasto que origina la deducción. Para que lo tengas más claro vamos a poner algunos ejemplos:
Nacimiento o adopción
No existe una deducción estatal para estos casos, pero sí varias autonómicas que mantienen casi todas las regiones. En este caso lo que deberás acreditar es que has sido padre o adoptado, algo fácil de hacer a través del registro civil -recuerda que es obligatorio inscribir a tu hijo o hija en él-. SI además tuvieses que demostrar que vive contiguo, utilizarías los datos del padrón.
Aquí puedes consultar en qué comunidades se aplica esta deducción.
Gastos escolares o de guardería
Seguimos en el ámbito familiar con otra deducción de carácter autonómico que permite desgravar un porcentaje del gasto en material escolar o de la guardería hasta un límite variable o establece en su defecto una ayuda fija por hijo. En estos casos deberás conservar los datos de inscripción del pequeño en el colegio o la guardería y los justificantes de pago. Para la guardería estaríamos hablando del resguardo de la transferencia bancaria -en este caso sería posible rescatarla del banco- y en el de los gastos escolares, las facturas simplificadas de la compra del material.
Así por ejemplo, quienes quieras desgravar en Madrid por la compra de uniformes, tendrán que conservar la factura de la tienda donde los compraron. Esto mismo puede aplicar a la deducción por donativos o la reducción por afiliación a partidos políticos.
Aquí puedes ver qué comunidades incluyen este tipo de deducciones.
Deducción por vivienda
El caso de la vivienda habitual es uno de los más complejos porque no suele tratarse tanto de los justificantes de pago -son fáciles de seguir a través del banco- como de demostrar que se cumple con los requisitos de vivienda habitual a efectos de IRPF. El mayor problema suele ser el demnostrar que se reside en la vivienda o que se ha habitado en el plazo de un año desde su compra.
Aquí tratamos el tema en profundidad junto con las discrepancias entre el padrón y el domicilio fiscal.
Para las deducciones relacionadas con las reformas que muchas comunidades mantienen sí será necesaria la factura de la reforma y si esta tuviese algún otro requisito como el mejorar la eficiencia energética, una prueba de ello.
Durante cuánto tiempo guardo los recibos
Debes conservar los resguardos por lo menos durante un periodo de cuatro años, el mismo que tiene Hacienda para revisar declaraciones antiguas. Recuerda que este periodo empieza a contar no en el año al que se refiere la renta, sino en el siguiente, que es cuando la liquidas -por eso en 2015 hacemos la renta 2014-.
Es recomendable alargar un poco el periodo, ya que las últimas sentencias están permitiendo a Hacienda investigar declaraciones prescritas cuando contienen datos que afectan a ejercicios no prescritos.
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