El Impuesto sobre Depósitos Bancarios está cerca de convertirse en una realidad en España y todo parece indicar que su gestión recaerá sobre las comunidades autónomas y no sobre el Gobierno central. Para entender esta decisión, nada como entender la forma en la que está estructurado este tributo y su funcionamiento.
El impuesto sobre depósitos bancarios es un impuesto directo cuyo hecho imponible pasa por el mantenimiento de fondos de terceros por entidades de crédito o sucursales que operen en el mercado español y está recogido en una enmienda a la Ley de Medidas Tributarias que acompañó los Presupuestos de 2013, si bien su gravamen inicial era del 0%. Ahora el porcentaje subirá hasta el 0,2 por mil sobre los depósitos que mantengan las entidades financieras. La recaudación estimada por Hacienda es de 300 millones de euros.
¿Quien paga el impuesto?
El impuesto sobre depósitos bancarios recae sobre las entidades financieras. Es decir, que son los propios bancos los que deberán afrontar el pago del tributo en función del número de depósitos que mantengan en cada momento.
El ciudadano no pagará nada por este impuesto, por lo menos de forma directa. Y es que sí es previsible una caída en las rentabilidades de los mejores depósitos o un aumento de las comisiones para compensar ese dinero que deberán entregar en forma de impuestos.
Esto no quiere decir que los ciudadanos dejen de pagar por los depósitos que tengan contratados. La fiscalidad de los depósitos a efectos de IRPF seguirá siendo la misma. Esto quiere decir que los beneficios de los depósitos pasarán a formar parte de las denominadas rentas del ahorro y que tributarán en función de las ganancias obtenidas. La escala a aplicar es la siguiente:
- Las ganancias hasta 6.000 tributan al 21%
- A partir de 6.000 euros y hasta 24.000 habrá que pagar un 25%
- A partir de 24.000 euros se pagará una retención de 27%
Gestión automómica
La gestión del impuesto sobre los depósitos bancarios será autonómica para compensar las pérdidas de estas por los impuestos autonómicas que estas pusieron en marcha ya en 2012 y que el Tribunal Constitucional ha legitimado en los últimos tiempos.
Asturias, Catalunya, Andalucía, Extramadura o Canarias son algunas de las que lo habían aprobado.
Sobre lo que no hay novedades es acerca de la creación de un impuesto sobre las transacciones financieras, también conocido como Tasa Tobin y que España apoyo en su momento. Parece que la idea del Ejecutivo es seguir un modelo similar al que se aplica en Francia, donde la compra de acciones de empresas con un alto nivel de capitalización bursátil está especialmente gravado.
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