Hacienda tarda cada vez menos en devolver el dinero del IRPF, pero todavía son muchos los que no han recibido el ingreso. Si quieres consultar el estado de la devolución para saber si hay algún problema, te enseñamos a Hacerlo.
¿Se puede consultar el estado de la devolución de la renta en cualquier momento? Todos los años miles de personas esperan recibir en cuestión de semanas e incluso de días el dinero de la declaración de IRPF Sin embargo, lo cierto es que el plazo para a devolución por parte de Hacienda es mucho mayor que unas simples semanas e incluso meses.
A la administración le gusta cubrirse las espaldas y por eso establece un largo periodo de tiempo para ingresar el dinero de los contribuyentes antes de tener que pagar ningún tipo de interés por lo que legalmente se consideraría un retraso o de tener que ofrecer cualquier tipo de explicación.
Pero una cosa es que Hacienda tenga tiempo de sobra para pagar y otra que los contribuyentes no tengan derecho a saber en qué estado está su devolución de la renta y si ha habido algún problema. Aunque no hay que ponerse nerviosos si el ingreso del IRPF se demora varias semanas, tampoco está de más comprobar que todo marcha correctamente, es decir, que no hay ninguna incongruencia con la declaración o que la Agencia Tributaria no nos solicita información adicional antes de proceder a la devolución de la renta 2015. Para averiguarlo habrá que consultar el estado de la devolución de la renta.
Consulta online del estado de la devolución de la renta
La forma más sencilla de averiguar si todo va bien con tu IRPF y de realizar una consultado sobre el estado de la devolución de la renta es a través de internet y más concretamente de la página de la Agencia Tributaria o de su Sede Electrónica. En los últimos años la AEAT ha hecho un enorme esfuerzo de modernización y eso se nota en un procedimiento mucho más asequible para el ciudadano medio.
Hay dos formas de comprobar la devolución de la renta online, pero en ambos casos necesitarás acreditarte debidamente, algo que puedes hacer a través de tres medios:
- Certificado electrónico o DNI electrónico. Es la forma más rápida de conseguir el acceso a cualquier trámite con Hacienda
- Con tu Clave PIN, el antiguo sistema PIN 24H, para lo que deberás estar previamente registrado en el sistema
- Con el número de referencia de tu declaración, al que deberás añadir tu primer apellido. SI no dispones del número de referencia podrás obtenerlo a través del sistema RENO. Aquí te explicamos cómo hacerlo.
En la Sede Electrónica de la AEAT
Si queremos acceder a nuestra devolución de IRPF a través de la Sede Electrónica, tendremos que dirigirnos a la pestaña de «Mis Expedientes» como muestra la siguiente imagen.
Dentro de la siguiente página habrá que seleccionar la opción de «Impuestos» y dentro del mismo el impuesto que queremos consultar, que en este caso es el de la Declaración de la Renta o IRPF. Aquí se mostrará ya una ventana que nos indica el momento del trámite en el que se encuentra.
Una vez accedamos por esta opción habrá que seleccionar “Impuestos“, y dentro de éstos, a su vez, el Impuesto acerca del cual estemos interesados en conocer el estado de su devolución (IRPF, IVA, etc.)
En la página de la AEAT
La otra alternativa, quizás más sencilla, pasa por acudir a la página de la Agencia Tributaria y acceder al apartado de la Campaña de la renta 2014 o el ejercicio que corresponda, que está situado en el carril central.
Una vez dentro habrá que acudir al apartado «Consulta devolución», tal y como se muestra a continuación.
Al acceder, el sistema nos pedirá que nos identifiquemos a través de certificado electrónico, DNI electrónico, sistema Cl@ve o con el DNI y el número de referencia de la declaración como ya hemos explicado anteriormente. Al hacerlo accederemos a un panel con nuestra declaración y un mensaje sobre el estado de la misma -más adelante te indicamos qué tipo de mensajes pone la AEAT y qué significa cada uno para que no te pierdas-.
En su defecto siempre se podrá ingresar en el apartado «Impuestos», seleccionando «IRPF» y una vez dentro acudiendo al icono de «Consulta devolución, certificados y otros trámites».
Para entrar nos volverá a pedir que nos identifiquemos y al hacerlo podremos acceder ya a nuestra declaración y comprobar en qué esa se encuentra y el plazo para devolver por parte de Hacienda.
Qué mensajes podemos encontrar
Pero una cosa es acceder al estado de nuestra declaración y otra bien diferente entender lo que Hacienda quiere decirnos con cada uno de sus mensajes. Para la AEAT existen diferentes estados relativos a la devolución de IRPF qu:e suele asociar a distintos mensajes. Estos son los que te puedes encontrar al comprobar el estado de tu devolución de IRPF:
- Su declaración se está tramitando. Es el más habitual y sólo quiere decir que Hacienda ya tiene tu declaración, pero que todavía no le ha dado su visto bueno porque todavía está tramitándola. En otras palabras, lo hemos recibido pero está en la cola de espera para validarla.
- La declaración con el importe indicado, no ha sido grabada o esta en proceso. compruebe el importe. Este es un mensaje de error que indica que no se ha incluido correctamente la declaración. Si el programa nos deja habría que grabarla de nuevo y sino, acudir a Hacienda para resolver la incidencia, que generalmente será lo que toque hacer.
- Su declaración ha sido grabada y se está realizando su comprobación. Hacienda ya tiene el IRPF y está comprobando que los datos sean correctos antes de tramitarla. Dicho de otra forma, la devolución de IRPF sigue en cola de espera.
- Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted. Hacienda ha aprobado la declaración, pero todavía tiene que informarnos sobre cuándo procederá a hacer el ingreso de dinero.
- Su devolución ha sido emitida el dia xx/xx/xxxx; si en 10 días no ha recibido el importe, acuda a la delegación/administración de la Agencia Tributaria correspondiente a su domicilio fiscal. ¡Enhorabuena! Hacienda ya ha realizado el ingreso y deberías tenerlo dentro de poco en tu cuenta.
Si Hacienda necesita comprobar algún dato adicional o que incluyamos más información para justificar deducciones, por ejemplo, también nos lo hará saber. Esto no suele ser lo más habitual pero puede pasar y por eso conviene tener siempre a mano la declaración de IRPF y toda la documentación fiscal por si debemos aportar cualquier tipo de justificante.
La mayoría de errores suele tener que ver con las deducciones que hayas podido practicar y que Hacienda estime como incorrectas.
Aprovecha Verifica
Entre las novedades de la renta 2015 para saber cuándo recibirás la devolución de IRPF figura el sistema Verifica. Como explican desde la Agencia Tributaria, se podrá acceder a él una vez realizadas las comprobaciones por parte de la AEAT y cuando la declaración sea correcta
En estos casos aparecerá el mensaje de Verifica, que es un sistema para agilizar las devoluciones pendientes haciendo más rápida la comprobación y posterior devolución. Para acceder a Verifica necesitarás tu Cl@ve PIN o con la referencia del borrador, aunque para finalizar todo el proceso sí será necesario tener Clave Pin o certificado digital.
Vertifica es muy fácil de usar. Una vez dentro, la AEAT informa en una primera pantalla de incidencias en la declaración y de un posible error a favor de la propia Agencia Tributaria. En otras palabras, la declaración está mal y vas a cobrar menos. Si sigues avanzando en e procedimiento, todo terminará con una propuesta de liquidación nueva por parte de Hacienda. El proceso se puede interrumpir en cualquier momento.
Consultar el estado de la devolución por teléfono
La Agencia Tributaria permite consultar la devolución de IRPF por teléfono a través de sus servicios automáticos disponibles las 24 horas del días. Al hacerlo nos atenderá una máquina que nos pedirá una serie de datos para poder completar la operación.
El teléfono para la devolución de la renta es el 901 12 12 24 y al llamar para conocer el estado del IRPF habrá que tener a mano el NIF o NIE y el importe de la devolución solicitada. En ese mismo número se podrá también solicitar el certificado de la renta. Aquí te explicamos cómo hacerlo.
Consultar el estado del borrador de la renta
Hacienda también permite ver en qué punto se encuentra el borrador de la renta, algo que podemos hacer a través de renta web. Al solicitar esta predeclaración la AEAT puede darnos uno de los siguientes mensajes:
- Borrador pendiente de confirmar
- Borrador no confirmable, que es el que recibirán quienes no están obligados a presentar el IRPF y el resultado de la declaración es a ingresar.
- Su borrador ha sido tramitado y de acuerdo de acuerdo con los datos en poder de la Agencia Tributaria no ha sido posible elaborarlo, por ello pone a su disposición la «Comunicación de DATOS FISCALES» que puede consultar en el apartado «Historia del expediente». Este sería el mensaje que recibiría, por ejemplo, un autónomo. Y es que los trabajadores por cuenta propia pueden solicitar el borrador, pero recibirán solo los datos fiscales.
- Su borrador no puede ser confirmado: Por tener rentas de actividades profesionales imputadas sin que figure como empresario o profesional. Esto te pasará si has sido freelance sin darte de alta como autónomo.
- Su borrador no puede ser confirmado: Por tener imputaciones procedentes de varios préstamos hipotecarios desconociéndose cuál de ellos corresponde a la adquisición de la vivienda habitual
En estos casos tendrás que solucionar estos problemas a través de Renta Web o, en su defecto, del Programa Padre.
Plazos legales para la devolución
La devolución de la renta no siempre es inmediata. ¿Cuánto tarda Hacienda en devolver el dinero de la renta? Casi siempre más de lo que nos gustaría. En cualquier caso, lo que no debemos hacer es ponernos nerviosos. Hacienda dispone legalmente de seis meses para practicar la devolución de la renta a partir del final de la Camapaña de IRPF. Es decir, que en el peor de los casos la AEAT podría esperar hasta el 31 de diciembre para practicar la devolución y no habría nada ‘raro’ en ello.
Hay casos en los que incluso puede supera ese plazo para la devolución de la renta y posponer el ingreso hasta el siguiente año. Cuando esto ocurre, la Agencia Tributaria debe incluir de oficio (es decir, sin que el contribuyente deba recordárselo), el llamado interés de demora, que sirve como compensación adicional al ciudadano, al tiempo que cubre la posible pérdida de valor del dinero adeudado por el efecto de la inflación. Este interés, del 4,375% en 2015, se aplica de forma proporcional a los días que hayan transcurrido desde que Hacienda debió ingresar la devolución.
Dicho de otra forma, si el ingreso se produce el 15 de febrero, Hacienda no aplicará ese 4,375% sobre la devolución, sino la parte que correspondan a los días del año que han transcurrido, ya que el porcentaje es de aplicación para todo ele ejercicio.
¿Se puede acelerar la devolución?
Esta es una de las preguntas más repetidas y por desgracia la respuesta es negativa. No hay mucho que el ciudadano pueda hacer para que Hacienda le ingrese antes el dinero cuando la renta le sale a devolver. La AEAT se toma su tiempo en practicar las devoluciones, aunque es especialmente sensible con colectivos como el de los autónomos, a quienes tarda menos en devolver su dinero.
En la mayoría de los casos el plazo para la devolución de la renta no debería de exceder los siete días, pero siempre hay excepciones. Además, cuanto más se tarde en hacer el IRPF más fácil es que la AEAT retrase la devolución de la renta. ¿El motivo? Tan simple como que el trabajo se va acumulando según avanza la campaña de la renta.
A quienes esto no les parezca suficiente siempre les quedará reclamar la devolución de la renta.
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Imagen superior –Edler von Rabenstein en Shutterstock
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