Con el cambio de año no sólo llega el momento de calcular las rentenciones de IRPF de 2014, sino que también suele procederse en muchos casos a actualizar rentas y salarios. Sin embargo, no todos estos elementos deben revisarse a comienzos de año, ya que muchos tienen su propia cadencia marcada por la fecha de firma de los respectivos contratos.
El año 2014 trae, además, cambio según lo marcado por la Ley de Desindexación de la Economía Española, cuyo anteproyecto ya aprobó el ejecutivo y que entrará en vigor el 1 de enero de 2014. Entre las variaciones del texto, disponible en este enlace, está desligar del IPC las actualizaciones que dependan de la administración pública para hacerlo a un nuevo indicador: el Índice de Garantía de Competitividad o IGC. Afortunadamente muchas rentas y elementos quedarán fuera de estos cambios.
Actualizar salarios en 2014
Los sueldos no se ajustarán al nuevo IGC, pero tampoco tiene por qué hacerlo necesariamente al IPC. Los salarios están en realidad ligados a lo que marque el convenio de cada sector para su actualización o a los acuerdos que la empresa hubiese alcanzado con sus empleados. Estos, generalmente, resuelven aumentar la retribución de los empleados por encima de lo que marque el IPC o su previsión para el año en curso. Habitualmente, los salarios se actualizan en enero, que es cuando la empresa aplicar el IPC o la previsión del mismo a la renta que percibe el trabajador.
El Salario Mínimo Interprofesional
La evolución de esta renta no se encuentra indexada a ningún índice y se actualiza por ley según lo que marque el gobierno en cada momento. El Salario Mínimo Interprofesional 2014 o SMI 2014 no subirá respecto a 2013 con motivo de la crisis. El Ejecutivo ha fijado este indicador de la retribución mínima que cada trabajador debe cobrar por jornada laboral de ocho horas en las siguientes cifras:
- euros/día 21,51€
- euros/mes 645,30€
Actualización de alquileres
En contra de la creencia popular, los alquileres no se actualizan con el cambio de año. De hecho, la Ley de Arrendamiento Urbano (LAU) es muy clara al precisar que esta se revisará de forma anual en la fecha de la firma del contrato. Para su actualización se utilizará el IPC de forma obligatoria durante los primeros cinco años, si bien después se podrán establecer otros indicadores.
Actualizar pensiones de alimentos en 2014
Tal y como ocurre con los alquileres, las pensiones de alimentos no se actualizan a comienzo de año, sino en la fecha que figure en la sentencia judicial o en el acuerdo firmado por ambas partes.
Actualizar pensiones en 2014
Las pensiones también se actualizan en enero de 2014 y después se revisan en octubre para comprobar si la subida practicada se corresponde con la realidad. En 2014 sabemos que la subida será de 2014 y quedará a expensas de la aprobación de la reforma de las pensiones para conocer la forma exacta en la que se actualizará esta renta.
Imagen – Emilian Robert Vicol en Flickr
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