Nuevos cambios fiscales para pequeños empresarios y autónomos. Desde el 1 de enero de 2013, el sistema de tributación por módulos ha sido modificado por la Ley 7/2012, de 29 de octubre, publicada en el Boletín Oficial del Estado del 30 de octubrse de 2012. Es el sistema favorito de un gran número de Pymes. Aunque Hacienda siempre ha sospechado de esta figura, que según el Ejecutivo produce una importante merma recaudatoria para el Tesoro Público. El sistema de tributación por módulos suele ser menos oneroso para los contribuyentes, pues se paga una cantidad fija (en función del local, número de empleados…) que generalmente es menor que lo que tributarían por el régimen de estimación directa.
Dos nuevas causas de exclusión
La Ley 7/2012 de 29 de octubre, establece dos nuevas cuasas de exclusión del método de estimación objetiva o por módulos:
- La primera de estas causas hace mención al volúmen conjunto de rendimientos íntegros para las actividades de Transporte de Mercancías por Carretera (IAE 722) y a las actividades de Servicios de Mudanzas (IAE 727). Por tanto, quedan excluidas del método de estimación objetiva o por módulos en las actividades mencionadas cuando superen los 300.000 euros en el año anterior al ejercicio fiscal.
- Si el volumen de los rendimientos íntegros correspondientes a la actividades enumeradas en el artículo 95.6 del Reglamento del IRPF y del Orden del Ministerio de Economía y Hacienda que desarrolla el régimen de estimación objetiva, a los que resulte de aplicación el tipo de retención del 1% (por ejemplo carpinteros, albañiles cerrajeros, fontaneros, pintores transportistas, entre otros), excluyendo las del epígrafe 722 y 757 anteriormente mencionados; supera cualquiera de las siguientes cantidades, si proceden de personas o entidades retenedores (autónomos y empresas):
- 225.000 euros
- 50.000 euros si, además , representan más del 50% del volumen total de rendimientos. Es decir que facturen más de la mitad de sus ingresos a personas jurídicas.
Mayor carga administrativa y mayor control tributario
Se calcula que en la actualidad son unos 700.000 autónomos y pequeñas y medianas empresas los que están sujetos a este régimen del sistema de módulos. Se basa de un sistema de estimación establecido en función de variables de producción como la zona geográfica, los metros cuadrados del establecimiento, el número de empleados, el consumo eléctrico y otros. Lo que está claro es que aquellos autónomos o pequeñas y medianas empresas que se vean obligadas a abandonar este sistema, verán aumentar sobre ellas el control tributario y deberán asumir, además, un aumento de la carga administrativa.
Esta medida adoptada por el Ejecutivo se enmarca dentro de las actuaciones llevadas a cabo por el Plan de Lucha y de Prevención contra el Fraude. y tiene como uno de sus objetivos principales evitar la emisión de facturas falsas por productos y servicios no realizados.
Cambios en País Vasco
La llegada de Bildu al gobierno de las instituciones vascas también ha traído cambios en un territorio que se caracterizaba por disponer de un sistema fiscal más beneficioso que el sistema general. Desde el 1 de enero se limita el acceso al sistema de módulos a las empresas o autónomos que tengan más de tres trabajadores. De esta forma, ya no podrá acogerse al sistema de módulos el propietario de una cafetería con ocho trabajadores (asalariados o no asalariados), como venía sucediendo hasta la actualidad.
En cuanto al nuevo límite de facturación excluyente, la Hacienda foral lo fija en 60.000 euros anuales, de forma que el autónomo que supere ese volumen de ventas en el ejercicio fiscal a partir de 2013 tributará por estimación directa. Con carácter retroactivo, el decreto foral impone el límite de 120.000 euros para el ejercicio 2012.
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