Borrador Renta 2014: Todo lo que necesitas saber

El impuesto sobre la renta tiene carácter anual, de forma que se liquida y se paga todos los años. Se trata de un tributo al que hay que hacer frente de un año para otro, es decir, que en 2014 se tributa por el ejercicio 2013. Antiguamente, presentar la declaración de IRPF era un auténtico suplicio que suponía incontables horas con la calculadora y los papeles de la renta. Por fortuna, las nuevas tecnologías y los avances de la Agencia Tributaria han simplificado esta labor gracias, fundamentalmete, a dos herramientas: el borrador de la renta 2014 y el Programa Padre 2014.

declaración renta 2013

El Borrador de la renta 2014

Aunque desde un punto de vista estrictamente legal el  borrador de la renta 2014 se referiría a la renta 2014, que es la que pagaríamos en 2015, por cuestiones prácticas aquí nos referiremos al borrador de 2013. Para quienes todavía no estén familiarizados con el borrador, se trata de la declaración de IRPF que hace Hacienda con los datos fiscales de los que dispone. Conviene aclarar que estos no tienen por qué ser todos los datos que el contribuyente debe aportar y que tampoco tienen por qué ser correctos. Además, es ya una ‘tradición’ que el borrador contenga errores y que no aplique todas las deducciones a las que tienen derecho el contribuyente.

El borrador de la renta 2014 se acompaña de los datos fiscales que la Agencia Tributaria posee del trabajador en concreto.

¿Quién puede solicitarlo?

Todos los contribuyentes pueden solicitar el borrador de la renta. Sin embargo, en el caso de los trabajadores autónomos, estos lo que recibirán es una notificación de que, al haber obtenido rentas derivadas de actividades económicas, Hacienda no puede confeccionar el borrador.

¿Debo hacer la declaración si solicito el borrador?

Nada más lejos de la realidad. Solicitar el borrador no implica que después se esté obligado a presentar la declaración de la renta ni a confirmarlo siquiera. El objetivo del borrador es facilitar a los ciudadanos que puedan cumplir con sus obligaciones fiscales e informarles de los datos fiscales en poder de Hacienda pero repetimos el borrador no obliga a presentar después la declaración de IRPF.

Como solicitar el borrador

Se puede solicitar el borrador de la renta 2014 de diferentes formas. La más sencilla es hacerlo a través de la anterior declaración de la renta, que cuenta con un apartado concreto donde se puede pedir el borrador del año siguiente. Para quienes no marcasen la casilla correspondiente e incluso para quienes lo hicieron pero prefieren ‘asegurarse’, existen otra vía adicional para conseguir el documento: a través de internet.

El calendario fiscal 2014  posiblemente vuelva a incluir abril como el mes de partida para poder solicitar el borrador de la renta. Para ello bastará, en principio, con acudir a la página web de la Agencia Tributaria  y dirigirse a la sección de «Renta 2013» que estará disponible también en abril y buscar dentro del mismo la pestaña para solicitar el borrador.

Confirmar el borrador de la renta

El proceso para confirmar el borrador de la renta también se ha simplificado. Ahora mismo se puede incluso hacer desde un dispositivo móvil. Para ello habremos de contar con el número de referencia del borrador.
El siguiente vídeo explica el proceso:

El Programa Padre

La otra gran herramienta al alcance de todos los contribuyentes es el Programa Padre 2014, que básicamente es un programa informático que automatiza todas las operaciones referentes a a la renta 2014 de forma que sólo hay que preocuparse de ir rellenando los datos.

El programa permite incluso descargar los datos fiscales que envía Hacienda e incorporarlos a la declaración.

El siguiente vídeo explica cómo descargar el Programa Padre:

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