Aprobada la Orden HAP/470/2013: así será la declaración de la renta 2012

AgenciaTributaria_thumb2Recta final para campaña de la renta 2012 con la publicación en el BOE de la Orden HAP/470/2013, de 15 de marzo. Y es que esta orden regula los plazos de la declaración de IRPF pero sobre todo incluye los modelos impresos para la presentación de la misma.

Su denominación oficial es la de «Orden HAP/470/2013, del 15 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2012, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención o puesta a disposición, modificación y confirmación o suscripción del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios telemáticos o telefónicos» y bajo ese nombre tan largo lo que tenemos es la reglamentación básica de la campaña de la renta 2012.

Se trata en cualquier caso de un texto denso, no apto para todos los públicos, pero que sí conviene tener localizado. En él se articula como debe presentarse la declaración de IRPF  a través del Modelo D-100. La orden incluye algunas novedades respecto a años anteriores que pasamos a resumir:

  • Se suprime la compensación fiscal por deducción en adquisición de vivienda habitual para viviendas adquiridas antes de 20 de enero de 2006, como ya se anunció a mediados del año pasado.
  • Se incluye la exención parcial de las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de a transmisión de inmuebles urbanos adquiridos a título oneroso a partir del 12 de mayo de 2012 y hasta el 31 de diciembre de ese mismo año.
  • Se incluye una nueva casilla para los casos de transmisión de elementos patrimoniales que hayan gozado de la libertad de amortización prevista en la disposición adicional undécima.
  • Se incluye un nuevo supuesto de declaración complementaria  para quienes se trasladen a vivir a otro estado miembro de la Unión Europea, de forma que puedan imputar las rentas pendientes al último ejercicio que deba declararse por el IRPF mediante autoliquidación complementaria.

La Orden HAP/470/2013 regula además los procedimientos para solicitar el borrador de la renta y obtenerlo, que no difieren respecto a años anteriores. Lo que sí cambia es el tipo de contribuyente que podrá recibir el borrador y que ahora también incluirá a los contribuyentes que obtengan la renta básica de emancipación, los que obtengan subvenciones, salvo las que tengan la consideración de rendimientos de actividades económicas, los que obtengan pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión o el reembolso a título oneroso de acciones o participaciones representativas del capital o patrimonio de las instituciones de inversión colectiva, de los contribuyentes que deban declarar rendimientos procedentes de la imputación de rentas inmobiliarias siempre que procedan, como máximo, de ocho inmuebles, así como de los contribuyentes que obtengan rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario a través de entidades en régimen de atribución de rentas, cuando estos hayan sido atribuidos a los socios, herederos, comuneros o participes.

Además, la Orden HAP/470/2013 también incluye los documentos concretos que componen la declaración de la renta 2012 y que habrán de rellenar los contribuyentes.

A esto hay que añadir el Impuesto sobre el Patrimonio que también regula la citada orden para el ejercicio 2012.

Aquí os dejamos la Orden para que podáis consultarlo:
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