Ahorra IVA con la reforma fiscal

La reforma fiscal no sólo afecta al IRPF, también trae cambios en el IVA. En su momento hablamos sobre cómo pagar menos impuestos con la reforma fiscal y ahora abordamos el tema del IVA. Descrubre cuatro movimientos que te pueden ayudar a ahorrar en este concepto, tanto como particular, como empresa o autónomo

El IVA forma parte íntegra del entramado fiscal español y como tal se ha visto afectado por la reforma fiscal. Los cambios normativos van a afectar algunas categorías del impuesto a haer que pasen de cotizar dentro de un tipo de IVA a otro. Conocer estos cambio van a permitirte sacar partido y no pagar de más en tus compras como particular, autónomo o empresa.

Pagar menos IVA con la reforma fiscal

Desde REAF-REGAF han elaborado un documento que recoge las bases de la planificación fiscal con la reforma y que aborda el capítulo del IVA con cuatro consejos concretos. Son los siguientes:

El IVA en la venta de vivienda

En primer conviene aclarar que el IVA sólo se aplica en la compra de vivienda nueva, ya que al comprar vivienda de segunda mano hay que tributar por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas. También se aplicaría en las transmisiones de carácter empresarial

Desde REAF precisan que quienes estén en prorrata y tengan que pagar este impuesto, el ITP por la compra de un inmueble porque la norma prohíbe la renuncia a la exención del IVA, habrán bien en esperar hasta 2015 para transmitirlo. Y es que el año que viene, el vendedor ya podrá efectuar la renuncia y el comprador reducirse la parte correspondiente de la cuota que le repercuta.

Escritura de préstamos y compraventa de acciones

A partir de 2015 los notarios tendrán que repercutir el IVA cuando intervengan en operaciones de constitución de préstamos, compraventa de acciones y otras similares. Esto hará que estas operaciones se encarezcan un 21%, el tipo de IVA que los notarios deberán incluir.

Adelantar la forma de estas operaciones financieras a 2014 en lugar de dejarlas para 2015 permitirá ahorrar un 21% del coste final.

Compra de equipos médicos

Siguiendo las indicaciones de la Unión Europea en materia de IVA, los equipos médicos dejarán de soportar un IVA reducido del 10% y pasarán a soportar el general, fijado en el 21%. De esta forma, si tu empresa está pensando en adquirir equipos médicos e instrumental que no estén relacionados en el apartado octavo del anexo de la Ley de IVA y por dedicarse a prestar servicios sanitarios está exenta, le conviene adelantar la compra.

La diferencia entre adquirir estos aparatos e instrumental será nada más y nada menos de once puntos porcentuales.

Compra de productos electrónicos por internet

Este es un consejo más dirigido a los particulares y más concretamente para quienes compran habitualmente productos electrónicos por internet como pueden ser ebooks, cursos a distancia, música o juevos. Y es que el IVA de estos productos a partir de 2015 será del 21%,. Esto podría incrementar el precio final de los productos, por no gravarse al tipo establecido en el Estado miebto del prestador del servicio que ahora puede que sea inferior.

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Imagen – Georgejmclittle en Shutterstock

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