Además de contar con una moneda única, la Unión Europea ofrece ventajas adicionales a las empresas a la hora de trabajar con otros socios comunitarios. Te contamos en qué consiste y cómo funciona el IVA intracomunitario que se aplica a estas operaciones.
El roce hace el cariño y en el caso empresarial este cariño tiene como resultado relaciones comerciales. Dicho de otra forma, es más fácil hacer negocios con el país vecino que con uno situado miles de kilómetros -salvo la conocida excepción de América Latina por la afinidad idiomática-. Para las empresas españolas esto supone hacer negocios con el resto de Europa y en este caso con los países de la Unión Europea.
Las operaciones con los países de la UE están sujetas a una normativa especial que incluye el IVA. Es lo que se conoce como IVA intracomunitario, cuya aplicación dependerá de la actividad de la empresa.
En este sentido, cabe diferenciar entre las entregas de bienes y servicios y la adquisición de los mismos. Por entrega intracomunitaria se entiende el hecho de que la pyme exporte productos a otros países de la UE, en cuyo caso habrá que diferencia las operaciones con otras empresas y las que tiene como destino a particulares. En el primero de los casos no habrá que repercutir IVA pero en el segundo sí que será necesario incluir el IVA del país de origen.
La cosa cambia al importar. En la adquisición intracomunitaria de bienes sí habrá que pagar IVA intracomunitario, aunque para hacerlo se aplica la regla de la inversión del sujeto pasivo que más adelante explicamos en detalle y por la cuál básicamente tendrás que autofacturarte el IVA.
Qué se consideran operaciones intracomunitarias
No todas las operaciones entre empresas de la UE son intracomunitarias. Para que una compra o venta tenga esa consideración deben darse además los siguientes requisitos:
Disponer de número de operador intracomunitario. Conocido como ROI, el Número de Operador Intracomunitario se obtiene al darse de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios con el que se informa a la UE de que realizas operaciones con otras empresas de la unión.
Transporte. La mercancía que se vende debe salir efectivamente del país de origen y ser transportada hasta España. Si no hay transporte, no habrá operación intracomunitaria.
Inversión del sujeto pasivo. Una vez se reciben los bienes, habrá que anotar la factura original en el libro de registro y consignarla como una adquisición intracomunitaria de bienes e incluir la operación como mayor IVA soportado y repercutivo. Esto es lo que se conoce como inversión del sujeto pasivo y que hace que el empresario emita una autofactura para autorepercutirse el IVA de la operación y así conseguir que el IVA de la operación sea cero a efectos prácticos.
Rellenar el modelo 349. Las operaciones intracomunitarias deben declararse a través del Modelo 349 de Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.
Sólo entre empresas. El IVA Intracomunitario sólo se aplicará para las transacciones entre empresas y/o profesionales. Si la venta es a un particular, habrá que aplicar el IVA al uso.
Sólo en caso de que se den estas circunstancias podrá incluirse la operación como IVA Intracomunitario.
Cómo darse de alta en el ROI
Para poder realizar operaciones intracomunitarias propiamente dichas deberás estar dado de alta en el ROI o Registro de Operaciones Intracomunitarias. El proceso es más sencillo de lo que puedas pensar y se puede hacer a través de la página de la Agencia Tributaria.
Para inscribirse sólo es necesario rellenar el modelo 360 e indicar en la casilla 582 que solicitas el alta como operador intracomunitario y la fecha estimada en la que realizarás la primera operación.
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