Los cambios autonómicos en la renta 2014

Cada campaña de la renta es ligeramente diferente a la anterior. Los cambios normativos hace que surjan nuevas deducciones y se eliminente algunas antiguas. La renta 2014 no trae tantas novedades como en ejercicios pasados, pero sí algunas que merece la pena tener en cuenta. Estos son los más importantes en el tramo autonómico.

La declaración de la renta se divide entre una parte esta tal y otra autonómica que sirve para que cada región adecue el impuesto a sus realidades. Esto se traduce en una amalgama de deducciones autonómicas que en muchos casos se repiten, como la deducción por nacimiento y en otros son exclusivos.

Varias autonomías han realizado cambios en las deducciones autonómicas de la renta 2014 y el Consejo General de Economistas Reaf-Regaf ha reunido los más significativos:

mapa espana ccaa

Andalucía

  • Se suprime la deducción por fomento del autoempleo.

Aragón

  • Se incluye una deducción de 100 euros por nacimiento del primer o segundo hijo de contribuyentes que residan en municipios de menos de 10.000 habitantes, siendo de 200 ó 300 euros para bases imponibles que no superen cierto umbral.
  • Se adapta la deducción autonómica por inversión en empresas de nueva o reciente creación para coordinarla con la deducción estatal. -aquí puedes ampliar información
  • Deducción de 75 euros para contribuyentes de 70 ó más años que obtengan rendimientos que no procedan solo del capital y cuya base imponible no superen los 23.000 euros en tributación individual y 35.000 en conjunta.
  •  Deducción del 10% de las primas pagadas por seguros de salud, de carácter voluntario, excluyendo las de asistencia dental, cuyos beneficiarios sean el contribuyente, cónyuge o hijos que computen en el mínimo familiar, siempre que la base imponible no supere los 30.000 euros en declaración individual ni los 50.000 en conjunta.

Cantabria

  • Cambia la ta tarifa pasando una tarifa de la que resultaban unos tipos totales (sumando escala estatal y complementaria) del 24,75 al 55% a otra con tipos que van del 23,75 al 55,50, alterándose solo el tipo mínimo (se baja 1%) y el marginal máximo (se sube 0,5%).
  • Se incrementan los mínimos familiares siguientes: ascendiente mayor de 65 años, 52 euros; ascendiente mayor de 75 años, 78 euros; por discapacidad de contribuyente, de ascendientes y de descendientes en 84 euros siendo la discapacidad inferior al 65% y 162 euros si supera dicho grado; y por gastos de asistencia 84 euros.
  • Se incluye una deducción del 10% por honorarios pagados a profesionales médicos por enfermedad del contribuyente o de su familia, sometida a límites que, en el caso general, son de 500 euros en tributación individual y 700 en conjunta. Los límites se incrementarán en 100 euros por contribuyente cuando el contribuyente tenga una discapacidad superior al 65%.
  • Deducción del 5% de cuotas pagadas a seguros médicos no obligatorios que cubran al contribuyente y a su familia, sometida a límites que, en general, son de 200 euros en tributación individual y de 300 en tributación conjunta.

Castilla y León

  • Se suprime la deducción por fomento del autoempleo
  • Se incluye una deducción del 20% por inversión en empresas de nueva o reciente creación, con un límite máximo de 10.000 euros.
  • A la deducción del 15% por donaciones se añade la posibilidad de aplicarla a las cantidades donadas a Universidades públicas de la Comunidad, a fundaciones y otras instituciones cuya actividad principal sea I+D+i para proyectos desarrollados en Castilla y León sin límites de base imponible del contribuyente.

Castilla-La Mancha

  • Se añade una deducción a las cantidades satisfechas por adquisición de libros de texto y del 15% de las pagadas por enseñanza de idiomas, si el hijo cursa las etapas de educación básica, con límites máximos en función de la base imponible, según sea individual o conjunta y se trate de familia numerosa o no.
  • Se añade una deducción de 500 euros por acogimiento de un menor, que será de 600 euros si se trata del segundo y sucesivos, siempre que la base imponible en tributación individual no superen los 12.500 euros ni los 25.000 en conjunta.
  • Se añade una deducción de 600 euros por persona mayor de 65 años o con discapacidad que conviva con el contribuyente, siempre que la base imponible en tributación individual no superen los 12.500 euros ni los 25.000 en conjunta.
  • Se añade una deducción del 15% de las cantidades satisfechas por arrendamiento por jóvenes, que será del 20% si habitan en núcleos de población pequeños y con límite de deducción de 450 y 612 euros,  siempre que la base imponible en tributación individual no superen los 12.500 euros ni los 25.000 en conjunta.
  • Se añade una deducción del 15%, con un límite de la cuota autonómica del 10% de determinadas donaciones con la finalidad de I+D+i.
  • Se añade una deducción del 20% de las cantidades invertidas en adquisición de participaciones sociales de sociedades cooperativas agrarias de Castilla-La Mancha.

Cataluña

  • Se incrementa  deducción del 30%,con un máximo de 6.000 euros para los «ángeles inversores»  hasta el 50%, con límite de 12.000 euros en caso de que la inversión se realice en sociedades creadas o participadas por Universidades o centros de investigación.

Aquí puedes consultar las deducciones autonómicas en Cataluña

Extremadura

  • Cambios en la tarifa que pasa de una tarifa de la que resultaban unos tipos totales (sumando escala estatal y complementaria) del 24,75 al 55% a otra con tipos que van del 24 al 55%, alterándose solo el tipo mínimo (se baja 0,75%), dejándose inalterado el marginal máximo
  • Desaparece al deducción para fomento del autoempleo.

Galicia

  • Alternaciones en la tarifa que, si bien permanece inalterada, con tipos que, agregados a la tarifa estatal y a la complementaria, van del 24,75 al 52%, sin embargo los contribuyentes con base liquidable general igual o inferior a 17.707,20 euros aplicarán solo el 24,25%, ya que se ha rebajado el tipo autonómico para ellos en un 0,5%.
  • Se añade una deducción de 300 ó de 360 euros, en función de la base imponible del contribuyente, por cada hijo nacido o adoptado en el período impositivo, cuantía que se incrementa un 20% para contribuyentes residentes en municipios de menos de 5.000 habitantes.
  • Se modifica la deducción del 20% por inversión en empresas de nueva o reciente creación, incrementándose el límite a 20.000 euros (antes 4.000), pudiéndose aplicar también cuando se han prestado cantidades a esas empresas o se hayan garantizado importes personalmente por un mínimo de 5 años.

Madrid

  • Cambios en la tarifa, que pasa de una tarifa de la que resultaban unos tipos totales (sumando escala estatal y complementaria) del 24,35 al 51,9% a otra con tipos que van del 23,95 al 51,50, rebajándose los tipos de los cuatro tramos un 0,4%.
  • Se suprime la deducción por donativos a Fundaciones.

Consulta aquí todas las deducciones disponibles en la cuota autonómica para los madrileños.

Comunidad Valenciana

  • Se añade una deducción del 10% de las obras de conservación y mejora de la calidad, la sostenibilidad y la accesibilidad a la vivienda habitual, realizadas en 2014 y 2015, sobre una base máxima  de y siempre que no se supere una base imponible de 24.000 euros en declaración individual y los 40.000 en declaración conjunta.
  • Como cambio general, en varias deducciones personales, que solo se pueden aplicar cuando la suma de la base liquidable general y del ahorro, tanto en tributación individual como en tributación conjunta, no superen determinadas cuantías, se ha establecido un intervalo de suma de bases en el cual la deducción decrece.

Pero si lo que quieres es conocer si en tu comunidad se aplican las principales deducciones autonómicas, aquí te lo contamos

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