La OPV de ANEA va camino de convertirse en el acontecimiento bursátil del año en el mercado español. La salida a bolsa de los aeropuertos españoles ha atraído la atención de mucho inversor particular. Abordamos los impuestos que tendrás que pagar por esta si decides acudir.
La últimas noticias hablan de exceso de demanda en la OPV de AENA –en el especial de Bolsa.com puedes seguir todas las novedades– y parece que la salida a bolsa de los aeropuertos españoles ha cautivado a muchos pequeños inversores particulares. Si este es tu caso o si estás planteándote acudir, lo primero que debes conocer son los riesgos que corres al hacerlo.
En este sentido, una OPV difiere en algunos aspectos de la inversión al uso en bolsa. Y es que cuando se adquiere una compañía cotizada se puede acceder a su evolución en bolsa para conocer cómo la han tratado los inversores a lo largo del tiempo y obtener datos relevantes desde el punto de vista del análisis técnico -soportes y resistencias o la tendencia de fondo, por ejemplo-.
Desde Invertia han realizado un seguimiento de las OPV en bolsa española y el siguiente cuadro resume su evolución hasta el día de hoy (pulsar en la imagen para ver más grande).
Fiscalidad de la inversión
Tras la primera pincelada sobre lo que supone entrar en una OPV queda repasar ahora la fiscalidad de la inversión que, de forma resumida, replica a la fiscalidad de las acciones, sólo que como precio de compra se toma el precio de la OPV. Por lo demás, el funcionamiento es exactamente el mismo ¡Vamos a repasarlo!
Las acciones forman forman parte de las rentas del ahorro en la declaración de la renta y se integran en la parte de ganancias y pérdidas patrimoniales. En este sentido, si inviertes en bolsa, bien en la OPV de AENA o comprando títulos de cualquier otra compañía, puedes ganar o perder. Si vendes por encima del precio de compra habrás obtenido un beneficio -ganancia patrimonial- si vendes por debajo, una pérdida -minusvalía o pérdida patrimonial-.
En cualquier caso, ten en cuenta que la ganancia o pérdida sólo se computará para la renta 2015 en el momento de la venta. Es decir, puedes estar ganando un 200% con la OPV de AENA, que para Hacienda será como si no hubieses ganado nada si no vendes y cierras la operación. Y es que lo que la Agencia Tributaria tiene en cuenta es la diferencia entre el precio de compra y de venta, por lo que mientras mantengas la inversión no pagarás impuestos.
¿Y cuando vendas? Si has ganado tendrás que pagar impuestos por los beneficios. Las ganancias se integrarán con el resto de ganancias patrimoniales y con los rendimientos del capital mobiliario según muestra el siguiente cuadro.
La cantidad resultante pasará a tributar a los tipos del ahorro, que para la renta 2015 y siguientes son los que marca el cuadro, que además incluye una comparativa con ejercicios anteriores:
Para que entiendas bien como funciona, si has ganado 25.000 con tus inversiones no pagarás 5.500 euros a Hacienda en la declaración de la renta. En realidad pagarás 1.140 por los primeros 6.000 euros y 4.180 euros por el resto hasta los 25.000 euros. En total 5.320 euros.
¿Y si has perdido dinero? En ese caso no sólo no tendrás que pagar impuestos sino que además podrás compensar las pérdidas con las ganancias. Dicho de otra forma, si has ganado 10.000 bolsa y has perdido 3.000 euros en bolsa sólo tendrás que pagar impuestos por 7.000 euros.
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