El impuesto de circulación o Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) podría estar cerca de convertirse en un tributo de ámbito estatal y dejar de lado así las diferencias que existen entre comunidades autónomas a la hora de su gestión. Actualmente este impuesto está cedido a los ayuntamientos, que tienen potestad de aplicar un coeficiente variable para que la cuantía final del mismo sea mayor o menor.
Ahora la directora general de Calidad del Aire y Medio Ambiente Industrial del Ministerio de Agricultura, Maj-Britt Larka, ha insinuado a la Tribuna de Automoción que podría reformarse el Real Decreto Legislativo 2/2004 para eliminar el coeficiente variable que puede aplicar cada ayuntamiento. A efectos prácticos esto supondría la unificación del impuesto en todo el Estado, ya que sólo se aplicaría la escala general del mismo.
El cambio en el impuesto de circulación dependería de la norma Euro, según la cual un vehículo nuevo pagará menos que uno antiguo al contaminar en teoría menos.
Como funciona el Impuesto de Circulación
El impuesto de circulación es un tributo directo que se paga de forma anual por el mero hecho de tener un coche con capacidad de circular. Su carácter es general y se aplica a la inmensa mayoría de los coches, si bien existen algunos automóviles exentos de pagar como los siguientes:
- Vehículos considerados de colección.
- Vehículos en situación de baja y no sean aptos para circular.
- Vehículos que tengan un permiso puntual para circulación en carreras u otro tipo de eventos deportivos o festivos.
- Vehículos oficiales de las administraciones públicas adscritos a la defensa nacional o seguridad ciudadana.
- Vehículos de organismos consulares, representaciones diplomáticas y todos aquellos extranjeros acreditados para circular por el pais.
- Ambulancia,aAutobuses y microbuses y aquellos vehículos destinados al transporte público con más de nueve plazas.
- Vehículos destinados al transporte de personas con movilidad reducida.
- Tractores, remolques y semirremolques que cuenten con la Cartilla Agrícola.
Este impuesto sobre el coche se estructura en base a unas cuotas generales, que son las que los ayuntamientos pueden modificar al alza aplicando un coeficiente no superior a dos. El importe a pagar se establece en función de la potencia del coche y sus emisiones de CO2 o lo ecológico que sea. El siguiente cuadro resumen las cuotas generales (pinchar para alargar y hacer más grande)
El Impuesto de circulación es uno de los que afecta al coche, como también lo es el de matriculación, si bien este sólo hay que pagarlo una vez al año.
Recuperar el impuesto tras pagar
El impuesto de matriculación se abona anualmente en un solo pago. Puede ocurrir, sin embargo, que se procesa a la venta del vehículo o que simplemente se de de baja por haber cumplido con su función. En el primer caso, se puede tratar de alcanzar un acuerdo con el comprador para que se haga cargo de la parte proporcional del impuesto en función del tiempo que vaya a conducir el coche. Es decir, si la venta se produce en junio, se puede proponer el pago del mismo al 50% o directamente incluir este dinero en el precio del coche.
En caso de dar de baja el vehículo, se puede reclamar al ayuntamiento la devolución de las cantidades no afectas. Según el ejemplo anterior, si damos de baja el coche en junio, podemos solicitar el reembolso del 50% de las cantidades satisfechas por el Impuesto de circulación.
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