Los planes de pensiones son una de las fórmulas más habituales para pagar menos impuestos declaración de la renta de manera legal. La fiscalidad de los planes de pensiones es positiva en el momento de invertir, pero no tanto al recuperar el dinero. Te explicamos por qué y cómo afinarla para reducir al máximo los impuestos en el rescate del plan.
Además de una ayuda para cuando llegue el momento de la jubilación, la fiscalidad de los planes de pensiones los convierte en un elemento a tener en cuenta a la hora de hacer nuestra planificación fiscal. Su principal ventaja es que las aportaciones están sujetas a desgravaciones. Es decir, es posible deducir las aportaciones de la base imponible de la declaración de la renta, siempre dentro de los límites marcados por la Ley 35/2006 y sus posteriores actualizaciones, incluida la última reforma fiscal.
Por el contrario, cuentan con desventajas fiscales en el momento del rescate, es decir, al recuperar el dinero, y una limitación a los casos en los que podrás recuperar el dinero.
Al tratarse de momentos diferentes, es importante diferenciar la fiscalidad de los planes de pensiones entre el momento de la inversión y la posterior recuperación del dinero una vez jubilados. Saber cómo tributan los planes de pensiones en ambos supuestos te ayudará a tomar mejores decisiones y a saber si te compensa invertir en el plan para desgravar.
Fiscalidad de las aportaciones al plan de pensiones
Los planes de pensiones permiten pagar menos impuestos en el IRPF las inversiones que realices. Estamos hablando de una reducción de la base imponible másque de una deducción al uso como la que por ejemplo se aplica al comprar una casa.
Lo que ocurre es que el dinero que destines al plan de jubilación se restará a tu base imponible y, por lo tanto pagarás menos impuestos. Y, como es lógico, cuando mayor sea tu base imponible, menos impuestos pagarás.
Para entenderlo mejor, nada como un pequeño ejemplo. Un contribuyente que haya ganado 35.000 euros y haya destinado 1.500 a su plan de pensiones, será como si sólo hubiese ganado 33.500 euros al hacer la declaración de la renta.
Con las tablas de IRPF en mano es más sencillo ver cuánto puede ser el ahorro fiscal por invertir en planes de pensiones:
Con esta tablas es más fácil ver el ahorro al plan. Si, por ejemplo, tu base imponible es de 33.000 euros y aportas 1.500 al plan de pensiones, tu tipo marginal (el más alto), pasará del ser el 37% a convertirse en el 30%.
Como es lógico, cuanto mayores sean los ingresos mayor será también la deducción -por eso se dice que es un producto pensado para ricos-. Si todavía no lo tienes claro, sólo repasa las tablas y piensa cuánto se ahorra una persona que gane 80.000 euros por una inversión de 6.000 euros (incluiría inversión en el plan de pensiones de empresa). Con esos ingresos, tributaría en el tramo más alto y por lo tanto estaría dejando de pagar 2.760 euros en impuestos (46% del tipo marginal). Por su parte, una persona con ingresos de 50.000 euros sólo se ahorraría 2.280 euros por esa misma inversión de 6.000 euros en planes de jubilación.
La siguiente tabla orientativa resume cuánto se puede ahorrar en función de tus aportaciones y salario (sobre ese salario habría que aplicar reducciones para dar con la base imponible):
Límites a las aportaciones al plan en la renta
Para evitar que una persona deje su base imponible a cero y también que se beneficie de otras ventajas de los planes que veremos más adelante, la Ley establece una serie de límites a las aportaciones que se pueden realizar y que han ido cambiando con el tiempo.
En la actualidad, el límite de aportaciones a planes de pensiones individuales es de 1.500 euros por persona independientemente de la edad del partícipe.
Por su parte, las personas con discapacidad pueden elevar las deducciones hasta un máximo de 24.500 euros y seguir disfrutando de ventajas fiscales.
También son deducibles las aportaciones realizadas al plan de pensiones del cónyuge, siempre que este no obtenga rentas o que sus ingresos no superen los 8.000 euros anuales. En este caso el límite para reducir de la base imponible está cifrado en 1.000 euros.
Así mismo, las aportaciones a planes de pensiones de personas discapacitados, entendidas estas como minusvalías superiores al 65%, están sujetas a deducciones, aunque la ley establece una serie de límites. De esta forma, las aportaciones anuales realizadas por familiares no podrán superar los 10.000 euros y en ningún caso serán mayores en su conjunto que los citados 24.250 euros.
Aquellos contribuyentes que realicen aportaciones a favor de otra persona deben tener en cuenta que el ahorro fiscal general para todo el Estado es de un máximo del 43% y que por muchas aportaciones que realicen no podrán superar ese porcentaje.
A estas cantidades se pueden sumar las aportaciones a planes de pensiones de empleo (que son los de las empresas para sus empleados) y a planes de pensiones de empleo simplificados (planes de pensiones para autónomos).
Para los primeros la aportación máxima es de 8.500 euros, por lo que en total un trabajador podría aportar y deducir hasta 10.000 euros por su plan de pensiones individual y el de la empresa. En los seguros la deducción máxima es de 4.250 euros (la mitad del anterior). Esto deja en 5.750 euros la aportación máxima al plan.
Límites a la deducción
Eso sí, una cosa cuánto puedes aportar y otra figerente cuánto puedes desgravar. Y es que, Hacienda impone una seria de límites adicionales a la cantidad deducible.
En concreto, se podrá deducir un máximo del 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio.
Si has invertido más de esa cantidad en planes de pensiones, el exceso se trasladará a los ejercicios siguientes.
Cómo tributan las aportaciones: no pagas impuestos hasta el rescate
Además de la posibilidad de pagar menos impuestos, otra de las ventajas del plan de pensiones es que su fiscalidad está diferida al momento del rescate. En román paladino, que no se pagarán impuestos hasta recuperar el dinero.
Esto que puede parecer baladí, permite ahorrarse una buena cantidad de dinero todos los meses. Y si no, piensa en un depósito a plazo de 12 meses por el que cada año se paga por lo menos un 19% de los beneficios en forma de impuestos, algo que también ocurre con las acciones.
Con un plan de pensiones solo pagarás impuestos al final. Además, la fiscalidad de los planes permite cambiar de plan tantas veces como quieras sin pagar impuestos ni tributar en el IRPF.
Fiscalida del rescate del plan de pensiones
La fiscalidad de los planes de pensiones no sólo se compone de las aportaciones, también hay que abordar su rescate y llegado ese momento las ventajas se convierten en inconvenientes.
Y es que para empezar, sólo se podrá recuperar el plan de jubilación en determinadas circunstasncias y, para seguir pagarás impuestos por el total de lo aportado más los beneficios y lo harás como si fuese un salario -lo que se conocen como rentas del trabajo en la renta-.
El motivo es muy sencillo. Si las aportaciones sirvieron para reducir la base del trabajo, lo lógico es que el rescate también tribute en esa misma base y según la escala general de IRPF, en lugar de hacerlo en la del ahorro, como los fondos de inversión o las acciones, por ejemplo.
Cuándo puedes rescatar el plan de pensiones
A la hora de hablar del reembolso de planes de pensiones es necesario primero abordar cuándo se puede recuperar el plan. Y es que todas las ventajas a las aportaciones tienen su contraprestación en el momento del rescate.
Los casos en los que podrás recuperar el dinero son limitados, precisamente porque con este producto se busca incentivar el ahorro a largo plazo. Estos resquisitos son, por así decirlo, el peaje que hay que pagar por el resto de ventajas.
Los casos en los que podrás rescatar el plan de pensiones antes de tiempo son los siguientes:
- En el momento de la jubilación.
- En casos de invalidez del partícipe.
- En casos de paro de larga duración.
- En caso de enfermedad grave.
- En caso de muerte del partícipe, en cuyo caso el dinero pasará a sus herederos o quien éste hubiese designado como beneficiario.
- En caso de desahucio de la vivienda, pero sólo si con el dinero del plan se consigue evitar el desahucio de la casa. En caso contrario, el dinero permanecerá donde está
- Pasados 10 años desde la primera aportación a contar desde el 1 de enero de 2015. De esta forma, el capital invertido en 2015 se podrá recuperar en 2025, el de 2016 en 2026 y así sucesivamente.
Más allá de estos supuestos no podrás contar con el dinero de tu plan de pensiones. Eso sí, tampoco es obligatorio rescatar el plan nada más jubilarse y puedes esperar el tiempo que quieras hasta que consideras que ha llegado el momento oportuno de empezar a cobrar.
De hecho, hacerlo suele ser una buena idea para pagar menos dinero a Hacienda al recuperar el plan de pensiones.
Cómo rescatar el plan
La fiscalidad de los planes de pensiones se divide en dos partes. La primera, referida a las mencionadas aportaciones, y la segunda, que trata el reembolso, el momento de recibir la prestación. Y es que, este herramienta está pensada para diferir el pago hasta el momento de la jubilación y esto tiene ciertas implicaciones fiscales.
Las prestaciones de los planes de pensiones se consideran rendimientos del trabajo a efectos de IRPF. Esto quiere decir que tributarán según la escala general del IRPF, que es la que ya has visto.
A partir de ahí hay tres formas distintas de recuperar el plan de pensiones:
- En forma de capital, es decir, en un único pago que incluye las aportaciones más los rendimientos.
- En forma de renta, que es la más común y supone recibir las cantidades aportadas en varios pagos regulares.
- En forma mixta, con una parte en capital y la otra en forma de renta.
Cada una de estas opciones cuenta con sus propias normas que afecta a la fiscalidad de los planes de pensiones.
Pero antes de entrar a valorarlas hay dos cosas que debes muy claras sobre los impuestos que pagas en la renta por el plan de pensiones y que te servirán para entender cómo funciona este producto.
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Pagas impuestos por los derechos consolidados. Y los derechos consolidados son lo que has invertido más los posibles beneficios, algo que no ocurre con las acciones o fondos de inversión donde sólo pagas por el beneficio. Las diferencias entre una y otra alternativa son enormes. Imagina que inviertes 100.000 euros a lo largo de toda una vida y ganas un 6%, es decir 6.000 euros. Si usaste un fondo, sólo pagarás un 19% por ese dinero, lo que equivale a 1.140 euros que se llevará Hacienda. En el caso del plan de pensiones y a igualdad de condiciones, ese capital se sumará a tus rentas del trabajo y pagará según la escala general, que puede ser más elevada que ese 19%. A cambio, claro, has podido desgravar por las aportaciones.
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Pagas según la base general Aunque ya lo hemos comentado, nunca está de más recordarlo. Los planes de jubilación no tributan como un producto de inversión dentro de la base del ahorro, sino que se suman a tu pensión como rendimientos del trabajo integrándose en la escala general del IRPF. El siguiente cuadro te muestra qué tipos se aplican en cada caso para que entiendas la diferencia.
Con estos preceptos claros podemos ya abordar cómo tributa el rescate del plan en el IRPF en función del modelo elegido.
Cómo tributa el rescate del plan en forma de renta
Cobrar una renta mensual, trimestral o semestral. Esta es la opción que escoge la mayoría de personas para recuperar su plan de pensiones. No en vano es la que mejor encaja con el precepto de ser un complemento para la pensión pública.
Al hacerlo, el dinero que cobres se integrará junto con el resto de rentas del trabajo para tributar dentro de la base general de IRPF.
El dinero de la pensión tendrá la misma consideración que el salario y tributará también al tipo marginal de IRPF, que tras la subida de impuestos, tiende a ser menor que lo que se paga por las rentas del ahorro, que como poco nos hacen pagar un 19% de los beneficios, siempre que estos no superen los 6.000 euros.
Lo que ocurre es que el porcentaje de las rentas del ahorro se paga sobre los beneficios, mientras que el tipo marginal se aplica sobre el total de la renta percibida, que incluye también el dinero que hemos ido depositando a lo largo de todos los años que ha estado vigente el plan. Eso sí, recuerda que pudiste desgravar las aportaciones.
Un tema adicional que debes tener en cuenta es que el dinero del plan de pensiones cuenta con un segundo pagador en el IRPF y eso afectará a tu obligación de presentar el IRPF.
Rescate en forma de capital
Hasta la reforma fiscal de 2007 existían importantes diferencias en función de cómo se recuperase el plan y como fuese el reembolso. Sin embargo, ahora mismo todas tienen el mismo tratamiento, aunque se mantiene las ventajas para las cantidades aportadas con anterioridad a la reforma. En este sentido, las prestaciones en forma de capital están sujetas a una reducción del 40% a la parte de prestaciones ligadas a las aportaciones hechas antes de 2007 si han transcurrido más de dos años desde la misma. En este caso la prestación se considera un rendimiento del trabajo.
A la hora de rescatar el plan de pensiones en forma de capital, la que era nuestra base imponible habitual, crecerá de golpe todo lo del plan de pensiones. Esto supone que podamos traspasar los límites del tramo en el que nos encontrábamos para tributar, y tengamos que hacerlo a un porcentaje más elevado.
Actualmente existen una serie de límites temporales para recuperar el plan de pensiones en forma de capital y disfrutar de la reducción del 40%. En concreto:
- Quienes se jubilaron entre 2009 y 2014 -se incluye todo el año- disponían de ocho años a contar desde el momento en que dejen de ser trabajadores en activo para poder aplicar la reducción en el momento en el que rescaten su plan de pensiones.
- Los que se jubilaron antes de 2008 dispondrán hasta el 31 de diciembre de 2016 para aplicar la ventaja o la perderán.
- El resto disponen de dos años a contar desde el momento de la jubilación para recuperar el plan en forma de capital y aplicar la reducción del 40%.
Las prestaciones en forma de renta no están sujetas a ningún tipo de deducción, pero sí a su correspondiente retención fiscal como renta del trabajo en función del los ingresos de cada contribuyente.
A efectos prácticos, recuperar todo el capital del plan de pensiones en forma de capital hará que nuestro tipo marginal se dispare (puede alcanzar el máximo del 48%) y que terminemos pagando muchos impuestos el año de nuestra jubilación.
Por eso mismo, recuperar el plan de pensiones en forma de capital no suele ser la mejor opción desde un punto de vista fiscal.
Y si además de planes inviertes en otros productos de ahorro para tu jubilación, aquí resumimos cómo tributan el resto productos de ahorro a largo plazo.
Dos trucos para pagar menos impuestos
El primer truco para pagar menos impuestos es el que acabas de ver. Haz números antes de recuperar el dinero en forma de capital para no saltar de tramo fiscal.
El segundo también te lo hemos contado: evitar recuperar el plan el mismo año que te jubilas. La razón es muy simple: tu salario siempre será superior a tu pensión, por lo que tus ingresos serán mayores. Como el IRPF es un impuesto progresivo, es fácil que saltes de tramo o que simplemente pagues más.
Cómo incluir los planes en la renta
Con las ideas claras acerca de cómo funciona la fiscalidad de los planes de pensiones en el momento de invertir nos queda explicar cómo se pone todo eso en la declaración de la renta y en qué casillas concretas debes reflejar tus inversiones en este producto o las que tu empresa hace por ti.
En el apartado A de la renta se incluirán las aportaciones al plan de pensiones de la empresa, en caso de haberlo, que la compañía realiza en tu nombre y contabilizarán como un ingreso salarial más.
Sin embargo, el grueso de tu inversión llegará a través del apartado I, que es el referido a las reducciones a la base imponible.
Estas son las casillas de la renta que debes vigilar para desgravar por el plan:
- Casilla 462 – Destinada a los datos del contribuyente que realiza las aportaciones, que normalmente serás tú.
- Casilla 463 – En ella incluirás a los excesos pendientes de reducir de los cuatro años anteriores. Si aportaste el máximo de pero por tu renta sólo pudiste reducir una parte, el dinero sobrante se pasa al año siguiente.
- Casilla 464 – Está reservada para los excesos que no se redujeron pero sólo de los planes de empresariales.
- Casilla 465 – Esta casilla es importante, porque aquí debes poner las aportaciones realizadas a planes de pensiones a excepción de las empresariales a seguros colectivos de dependencia.
- Casilla 466 – Si aportaste a seguros de dependencia, es aquí donde debes ponerlo.
- Casilla 467 – Esta casilla también debes apuntarla. Resume los importes con derecho a reducción y es el resultado de sumar las casillas desde la 453 hasta la 456.
- Casilla 469 – Otra que es clave, ya que aquí verás la cantidad total con derecho a reducción.
- Casilla 437 – En este apartado se incluyen las aportaciones totales a sistemas de previsión social del cónyuge, si es que realizaste alguno.
- Casilla 470 – Aquí deberás poner tu nombre si has realizado aportaciones a sistemas de previsión social en favor de personas con discapacidad.
- Casilla 471 – En esta casilla incluirás el NIF de la persona con discapacidad en cuyo favor realizaste aportaciones.
- Casilla 472 – Refleja las cantidades pendientes de aportar en ejercicios pasados.
- Casilla 473 – En esta se incluyen las aportaciones realizadas por la persona con discapacidad y sólo deberá rellenarse si eres tú esa persona.
- Casilla 474 – Aquí se incluirán las aportaciones de familiares o tutores de la persona con discapacidad.
- Casilla 475 – Esta casilla resume el total con derecho a reducción por aportaciones y contribuciones a planes de personas con discapacidad.
Repasa los datos de todas estas casillas antes de presentar el IRPF para poder sacar el máximo partido a tu inversión en planes de pensiones y recuerda que es muy fácil que no aparezcan en el borrador de la renta.
¿Compensa invertir en planes de pensiones para desgravar?
La regla de oro para tomar esta decisión es sencilla: si tus ingresos actuales superan a los que esperas tener al jubilarte, sí, compensa desgravar. Al rendimiento del propio plan le sumarás un rendimiento fiscal adicional por la diferencia entre tu tipo máximo actual y el tipo máximo que pagues al jubilarte o rescatar el plan.
Como pista, la pensión pública cubre solo un 78% del último salario.
Imagen – Brian A Jackson en Shutterstock
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