El Impuesto de Sociedades es el equivalente al IRPF a las personas físicas. Se trata de un impuesto directo, que grava las ganancias de personas juridicas y que, por ley, exige pagos fraccionados del impuesto de Sociedades a lo largo del año.
El Impuesto de Sociedades es un impuesto de caracter anual. La imputación de los ingresos y gastos en uno u otro periodo impositivo se hace en función del principio del devengo aplicable. Esto significa que no es necesario que los gastos y los ingresos esten efectivamente pagados, sino solo realizados de manera temporal en el periodo.
Deesta esta manera, los ingresos y gastos se imputan al periodo impositivo en que se devengan. Si la inscripción contable de ingresos y gastos se realizase en un ejercicio posterior al del devengo, la imputación temporal se realiza en el periodo de la contabilización, con el límite de que ello no suponga tributación inferior a la que hubiera correspondido de haber aplicado el principio del devengo.
Presentacion y Pago del Impuesto de Sociedades
La declaración se presentará en el plazo de 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del período impositivo (cierre del ejercicio social).
En general, las empresas tratan de realizar los cierres de balance ya sea el 31 de Diciembre o el 30 de Junio de cada año, por lo que en estos casos el vencimiento del plazo de presentación sería el 25 de Julio y el 25 de enero respectivamente.
En cuanto a la cancelacion de la obligacion, hay pagos fraccionados 3 veces al año. En los primeros 20 días naturales de los meses de abril, octubre y diciembre, los sujetos pasivos deberán efectuar un pago fraccionado a cuenta de la liquidación correspondiente al período impositivo que esté en curso el día 1 de cada uno de los meses indicados.
Como calcular el Pago a Cuenta del Impuesto de Sociedades
La ley es muy clara con respecto a como calcular el pago fraccionado del Impuesto de Sociedades. La base para calcular el pago fraccionado será la cuota ??ntegra del último período impositivo cuyo plazo reglamentario de declaración estuviese vencido el primer día de los 20 naturales a que hace referencia el apartado anterior, minorado en las deducciones y bonificaciones a que se refiere la ley del Impuesto de Sociedades, así como en las retenciones e ingresos a cuenta correspondientes a aquél.
Cuando el último período impositivo concluido sea de duración inferior al año se tomará también en cuenta la parte proporcional de la cuota de períodos impositivos anteriores, hasta completar un período de 12 meses.
Los pagos fraccionados también podrán realizarse, a opción del sujeto pasivo, sobre la parte de la base imponible del período de los 3, 9 u 11 primeros meses de cada año natural determinada según las normas previstas en la Ley.
Cuantia del Pago Fraccionado
¿Cuanto deberan pagar las empresas por el pago fraccionado a cuenta del Impuesto de Sociedades? Este será el resultado de aplicar a las bases previstas en lo dicho anteriormente el porcentaje que se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
El tipo general aplicable para empresas de Reducida Dimensión -con una cifra de negocios inferior a 10 millones de euros- será del 25% para la parte de base imponible comprendida entre 0 y 300.000 euros, y para la parte restante, el tipo será del 30%.
Existen determinadas excepciones, previstas en la Ley del impuesto y así, por ejemplo, se aplica el 20% a las sociedades cooperativas fiscalmente protegidas, excepto por lo que se refiere a los resultados extracooperativos, que tributan al tipo general.
En los períodos impositivos iniciados dentro de los años 2010 y 2011, las entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios habida en dichos períodos sea inferior a 5 millones de euros y la plantilla media en los mismos sea inferior a 25 empleados, tributarán con arreglo a la siguiente escala:
- Por la parte de base imponible comprendida entre 0 y 120.202,41 euros, al tipo del 20%. En los períodos impositivos iniciados dentro del año 2011, ese tipo se aplicará sobre la parte de base imponible comprendida entre 0 y 300.000 euros.
- Por la parte de base imponible restante, al tipo del 25%.