Aunque no forma parte del Impuesto de la Renta, sí que es uno de los tributos a los que debe hacer frente cualquier persona que se compre un coche. El impuesto de matriculación grava el hecho de matricular un vehículo y su coste dependerá en función del IVA o del valor del mercado del vehículo, así como de las emisiones de CO2 y está transferido a las comunidades autónomas. Os explicamos como funciona.
A la hora de comprar un coche nuevo o usado hay que hacer frente al pago de impuestos, empezando por el IVA y siguiendo por el Impuesto de Matriculación. Este último se debe abonar a través de la Agencia Tibutaria o de una entidad colaboradora, que dispone de una sección específica dedicada al mismo bajo su denominación técnica: Impuesto Especial sobre determinados Medios de Transporte.
Este impuesto directo se aplica por la primera matriculación definitiva en España, sin importar que el vehículo sea nuevo o usado procedente de otro país y que no hubiera estado matriculado en España, Por lo tanto, sólo se pagará una vez, generalmente a la compra del coche.
Quien debe pagarlo
Deberá hacer frente al impuesto la persona que compra el vehículo en un plazo no superior a 30 días hábiles desde la compra del coche.
Qué vehículos están sujetos
El impuesto de matriculación no afecta a todos los vehículos y de esta forma, existen varios supuestos en los que no se deba tributar bien por estar el coche exento o simplemente por no estar sujeto al pago del impuesto.
Como norma, todos los coches deben pagar el impuesto si su uso va a ser general, es decir, un uso normal como particulares. Además, los coches familiares con capacidad para cinco y nueve plazas también tendrán que hacer frente al impuesto.
La siguiente tabla muestra qué vehículos deben pagar el impuesto de matriculación y cuáles no, en algunos casos previo reconocimiento de Hacienda (pinchar para hacer más grande).
Como se calcula
La cuantía del impuesto se establece en función del tipo de vehículo y sus emisiones de CO2. En este sentido, el primero determinará la base imponible (es decir, la cantidad sobre la que se tributará) y el segundo el tipo a pagar.
Para dar con la base imponible hay que tener en cuenta si se trata de un vehículo nuevo o usado. Para los vehículos nuevos, la cuantía se calcula en función del IVA y más concretamente de la base imponible que se haya utilizado para calcular el IVA conforme al artículo 78 de la Ley de IVA , mientras que para los vehículos usados se tendrá utilizará el valor de mercado del coche, aplicando una serie de descuentos según la antigüedad del vehículo.
Cuanto se paga
La base imponible nos indicará sobre la cuantía que vamos a tributar, pero no el porcentaje que pagaremos. Este viene determinado principalmente por las emisiones de CO2 conforme a la Ley de Calidad del Aire de la siguiente forma:
- Vehículos de emisiones menores o iguales a 120g/km de CO2 – 0%
- Vehículos de emisiones mayores de 120 y menores de 160 g/km de CO2 – 4,75%
- Vehículos de emisiones mayores o iguales de 160 y menores de 200 g/km CO2 – 9,75%
- Vehículos de emisiones mayores o iguales a 200 g/km de CO2 – 14,75%
Tramitación
La tramitación puede hacerse a través de lo siguientes documentos:
- Modelo 576 Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte. Autoliquidación
- Modelo 05 Impuesto Especial sobre determinados medios de transporte. Solicitud de no sujeción, exención y reducción
- Modelo 06 Impuesto Especial sobre determinados medios de transporte. Exenciones y no sujeción sin reconocimiento previo
- Modelo 568 Impuesto sobre Determinados Medios de Transporte. Solicitud de devolución por reventa y envío de medios de transporte fuera del territorio
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