Medidas fiscales para los afectados por la DANA en Valencia

El Gobierno ha adoptado un conjunto de medidas urgentes para paliar los efectos de la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en Valencia.

Estas acciones, aprobadas en los reales decretos-leyes 6/2024 y 7/2024, afectan a autónomos, pymes, familias y empresas que se han visto gravemente perjudicadas por los desastres ocurridos a partir del 29 de octubre.

Es importante conocer las medidas fiscales para las zonas afectadas con el objetivo de facilitar la recuperación y aliviar la carga económica de los afectados.

Ayudas directas a empresas y autónomos

Uno de los aspectos más destacados del paquete de medidas es el desembolso de 838 millones de euros en ayudas directas, dirigidas a autónomos y pymes. Estas ayudas variarán según el volumen de operaciones de cada empresa:

  • Autónomos: recibirán una ayuda de 5.000 euros.
  • Pymes: las ayudas serán escalonadas según el tamaño de la empresa:
    • Empresas con menos de 1 millón de euros de volumen de operaciones: 10.000 euros.
    • Empresas con 1 a 2 millones de euros: 20.000 euros.
    • Empresas con 2 a 6 millones de euros: 40.000 euros.
    • Empresas con 6 a 10 millones de euros: 80.000 euros.
    • Empresas con más de 10 millones de euros: 150.000 euros.

Estas ayudas estarán disponibles para empresas y autónomos con domicilio fiscal o establecimiento en las zonas afectadas. La solicitud podrá realizarse a partir del 19 de noviembre, con pagos comenzando el 1 de diciembre.

Exenciones y reducciones fiscales

El Real Decreto-ley 6/2024 introduce varias exenciones y reducciones fiscales para aliviar a las familias y empresas afectadas:

  1. Exención del IRPF y del Impuesto de Sociedades: Las ayudas directas recibidas, tanto por autónomos como por empresas, estarán exentas de tributación en el IRPF y en el Impuesto de Sociedades.
  1. Exención del IBI 2024: Quienes tengan propiedades afectadas por la DANA estarán exentos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles correspondiente a 2024. Además, se aprueba la exención de naturaleza rústica para fincas, locales de trabajo y similares de titularidad de agricultores y ganaderos que sufrieron pérdidas en la producción.
  2. Reducción proporcional del IAE: Aquellos establecimientos o entidades que hayan sufrido daños podrán beneficiarse de una reducción en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) para 2024, calculada en proporción a los días en los que el establecimiento estuvo cerrado.
  3. Exención de tasas administrativas: Se eliminarán las tasas relacionadas con el DNI, la Dirección General de Tráfico (DGT) para la tramitación de vehículos dañados, y la acreditación catastral para certificaciones de inmuebles.
  4. Reducción del 25% en el IRPF para autónomos en módulos: Se aprueba una reducción del 25% del rendimiento neto de módulos aplicable a las personas que desarrollen su actividad económica en el método de estimación objetiva, con su consiguiente ajuste en los pagos fraccionados correspondientes al último trimestre de 2024.
  5. Reducción del 25% en el IVA para autónomos en régimen simplificado: Se aprueba una reducción del 25% sobre la cuota devengada por operaciones corrientes para las personas que desarrollen su actividad económica en el régimen simplificado de IVA.
  6. Renuncia excepcional al régimen de módulos: Los contribuyentes podrán renunciar para tributar bajo el régimen de estimación directa simplificada, con la posibilidad de volver al régimen de módulos en 2025 o 2026. Esta renuncia podrá realizarse durante el mes de diciembre de 2024 o mediante la declaración del cuarto trimestre de 2024.

Plazos fiscales ampliados

Las medidas fiscales también incluyen ampliaciones de plazos para facilitar la gestión tributaria de los afectados:

  • Aplazamiento del segundo pago del IRPF: Los contribuyentes de las zonas afectadas podrán retrasar hasta el 5 de febrero de 2025 el segundo pago del IRPF correspondiente al ejercicio 2024. Esto afecta a unas 200.000 personas en la provincia de Valencia, con un impacto económico de 300 millones de euros.
  • Flexibilización de plazos tributarios: Los plazos para realizar trámites tributarios, como la presentación de declaraciones o la respuesta a requerimientos, se extienden hasta el 30 de enero de 2025. Esta medida cubre trámites relacionados con declaraciones, recursos, subastas y procedimientos catastrales.
  • Aplazamiento de deudas tributarias: Se establece un aplazamiento de 24 meses sin intereses para el pago de deudas tributarias derivadas de autoliquidaciones y declaraciones con plazo entre el 28 de octubre y el 30 de enero de 2025. Los primeros seis meses de este aplazamiento estarán exentos de intereses.

Incapacidad temporal extraordinaria

Una de las medidas laborales de mayor impacto es la creación de una incapacidad temporal extraordinaria para los trabajadores afectados por la DANA. Aquellos que sufran dolencias físicas o psicológicas recibirán una prestación del 75% de su salario desde el primer día de incapacidad, una mejora significativa respecto al 60% que se aplicaba anteriormente.

Además, las pensiones por incapacidad permanente, viudedad y orfandad causadas por la DANA se equipararán a las de los accidentes laborales, mejorando su cuantía y condiciones.

Medidas para autónomos

Los autónomos afectados por la DANA podrán solicitar la prestación por cese de actividad. Esta prestación será del 70% de su base de cotización y no requerirá haber cumplido los 12 meses mínimos exigidos por la ley.

Los beneficiarios también estarán exentos de pagar las cuotas a la Seguridad Social y podrán solicitar el cese total o parcial de su actividad. La solicitud podrá realizarse de manera telemática a través de las Mutuas colaboradoras de la Seguridad Social.

ERTE por fuerza mayor

Las empresas podrán solicitar un ERTE por fuerza mayor para suspender temporalmente las relaciones laborales o reducir las jornadas laborales. Las empresas afectadas estarán exentas de pagar el 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social hasta el 28 de febrero de 2025, lo que aliviará el coste de mantener a su personal.

Esta medida afectará a más de 350.000 trabajadores en toda España.

Medidas financieras

En cuanto a las medidas financieras, se establecerán avalistas públicos para que las entidades financieras puedan otorgar créditos a las empresas y autónomos afectados por la DANA. Estos créditos estarán exentos de tributación en el Impuesto de Sociedades y el IRPF.

Las medidas fiscales aprobadas por el Gobierno son una respuesta urgente a la devastadora DANA que ha afectado a miles de ciudadanos y empresas en Valencia.

Con estas iniciativas, el Gobierno busca aliviar la carga tributaria de los afectados, facilitar la reactivación económica y garantizar que las ayudas lleguen rápidamente a quienes más lo necesitan.

Las solicitudes ya pueden iniciarse, y es fundamental que tanto autónomos como empresas aprovechen estas oportunidades para recuperar su estabilidad lo antes posible.

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