¿Cómo debo declarar las criptomonedas?

¿Inviertes en criptomonedas? Más te vale tener claro cómo tributan las criptodivisas en el IRPF y los impuestos que hay que pagar por ellas. Es normal que surjan preguntas y en este artículo vamos a tratar las dudas más frecuentes sobre cómo declarar las criptomonedas.

Estas son las 7 preguntas y respuestas sobre la fiscalidad de las criptodivisas

¿Hay que pagar impuestos por las criptomonedas?

Sí, las criptodivisas no están exentas de pagar impuestos y tributan tanto en la declaración de la renta como en el Impuesto sobre el Patrimonio, además de que ciertas operaciones con criptomonedas pueden llevar aparejado IVA.

¿Cuándo se paga el IVA con las criptodivisas?

El trading con criptodivisas no lleva aparejado IVA. Para Hacienda es como un intercambio de divisas, una operación que está exenta de IVA.

Sin embargo, no ocurre lo mismo con el staking y la custodia de criptoactivos. La Dirección General de Tributos (DGT) ha aclarado a través de la consulta  V2679-21 que ambos servicios sí que deben incluir IVA. En concreto, el tipo de IVA a aplicar será el general del 21%.

preguntas frecuentes sobre criptomonedas e impuestos

¿Cuándo hay que declarar las criptomonedas en la renta?

Que tus criptoactivos no esté exentos de tributar no quiere decir que haya que incluirlos siempre en el IRPF. De hecho, sólo hay que tributar por ellas cuando realices alguna operación. Esta es una de las dudas frecuentes sobre criptodivisas e impuestos más repetidas y que da dular a más errores.

En otras palabras, si compras bitcoin y lo mantienes en el tiempo sin venderlo, no tendrás que pagar impuestos por él. Lo mismo ocurre con las cripto que mantengas en tu cold wallet.

En esto la fiscalidad de las criptos es como la de las acciones. Sólo tributas cuando se produce una alternación patrimonial real. En otras palabras cuando:

  • Vendes tu criptoactivo para pasarlo a dinero FIAT.
  • Lo intercambias por otra criptomoneda. Los cambios entre criptodivisas sí que tributan.

También tendrás que declarar determinadas operaciones en las que uses tus criptoactivos para generar rendimiento, como los préstamos o el staking.

¿Hay alguna cantidad mínima para tener que declarar tus criptomonedas en el IRPF?

Los rendimientos que obtengas por tus criptodivisas también pueden afectar a tu obligación de hacer la declaración de la renta.

Con carácter general estás obligado a declarar si tus ingresos sobre el trabajo superan los 22.000 euros con un solo pagador o los 14.000 euros con dos o más pagadores y has cobrado más de 1.500 euros del segundo y siguientes pagadores.

Las criptomonedas no alteran esos límites, pero sí se suman a otros que tienen que ver con tus inversiones. Y es que también estarás obligado a hacer la renta si tus rendimientos mobiliarios y ganancias patrimoniales superan los 1.600 euros.

Y si tus únicos ingresos son las inversiones, tendrás que declarar su en total tus ganancias superan los 1.000 euros en su conjunto o tus pérdidas los 500 euros.

Las operaciones con criptodivisas forman parte de esas ganancias que afectan a tu obligación de declarar.

 

¿Es lo mismo trading que staking para Hacienda?

Desde un punto de vista fiscal la cuestión no está del todo clara. Lo que sí sabemos es que ambos se integran dentro de las rentas del ahorro en el IRPF.

El trading o compraventa genera una ganancia o pérdida patrimonial por la diferencia entre el valor de compra y el de venta, como con una acción. ¿Y el staking? La vertiente más extendida es considerarlo como un rendimiento de capital mobiliario, igual que un depósito.

Sin embargo, consultas vinculantes como la V1948/2021 dan a entender que podría tratarse también como una ganancia patrimonial.

¿Cuántos impuestos hay que pagar por las criptomonedas?

Las criptomonedas y sus rendimientos se integran dentro de las rentas del ahorro. Esto quiere decir que las ganancias que obtengas tributarán según la siguiente escala:

  • Un tipo del 19% para ganancias hasta 6.000 euros
  • Un 21% para ganancias entre 6.000,01 y 50.000 euros.
  • Un 23% para ganancias entre 50.000,01 euros y 200.000 euros.
  • Un 26% para las ganancias de más de 200.000,01 euros.

¿Qué pasa si he perdido dinero con las criptomonedas?

Si has perdido dinero podrás restar esas pérdidas al resto de ganancias patrimoniales que acumules. Esto incluye otras inversiones como acciones, fondos de inversión o ETFs, por poner un ejemplo.

Si después de hacer la operación todavía sigues perdiendo dinero a lo largo del año, podrás restarlas a un 25% de las ganancias patrimoniales. Y si el resultado sigue siendo negativo, podrás arrastrar esas pérdidas a los cuatro años siguientes.

En otras palabas, podrás usarlas para minorar las ganancias hasta en cuatro ejercicios.

Recuerda que para Hacienda sólo pierdes dinero cuando cambias o vendes tu criptomoneda. Si sólo has visto cómo su cotización cae, eso no es una pérdida a efectos fiscales.

¿Tengo que incluir las criptomonedas en el Impuesto sobre el Patrimonio?

Sí, debes hacerlo. En este artículo te contamos cómo funcionan las criptodivisas en el Impuesto sobre el Patrimonio y el resto de tributos que no son el IRPF.

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