Si hay una sociedad que genere controversia sobre su fiscalidad esta son las Sicav. Entre las claves de la ley contra el fraude fiscal está un cambio en la fiscalidad de las Sicav.
La ley antifraude supone más restricciones a cómo tributan las Sicav y a los requisitos que deben cumplir para poder hacerlo al 1% en el Impuesto sobre Sociedades frente al 25% general.
A estos cambios se suman ahora los establecidos por el Tribunal Supremo a través de una reciente sentencia que establece que es la Agencia Tributaria (AEAT) y no la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) quien determina si una sociedad es una sicav y puede tributar al 1% o no.
El alto tribunal estima que el mero hecho de que una sociedad esté inscrita como Sicav en el registro de la CNMV no es motivo suficiente para que pueda beneficiarse del tipo especial del 1%. Desde 2005 la CNMV es quien debe supervisar y asegurarse que la Sicav cumple con los requisitos para tener esa consideración y poder figurar en su registro.
Sin embargo, este control no es garantía suficiente ni razón para poder acogerse a la fiscalidad de las Sicav si Hacienda estima que no se cumplen otras condiciones. En otras palabras, que la empresa puede seguir en el registro de sicav de la CNMV, pero perder esa condición fiscal si no cumple con la AEAT. Es este hecho, y no su inclusión en el registro lo que determina su condición de sicav.
La sentencia surge a raíz de la expulsión de la Sicav ABC Inversiones Mobiliarias del registro de la CNMV en 2006 tras no cumplir con las exigencias del organismo. En concreto, la sicav no presentó sus cuentas anuales de 2004 y 2005.
Al conocer la expulsión del registro, Hacienda inspección el Impuesto de Sociedades de 2006 y también de los dos años anteriores, estimando que debía tributar al tipo general del 25% y no al 1% de las sicav.
ABC Inversiones Mobiliaria recurrió la decisión ante TEAC (Tribunal Económico-Administrativo Central) y 15 años más tarde ha tenido que ser el Tribunal Supremo quien resuelva la cuestión.
La sentencia fija el momento en el que una sicav deja de serlo cuando así lo estime Hacienda, algo que puede suceder antes o después de que la CNMV actúe.
Los requisitos para ser una sicav
Con la nueva Ley Antifraude se mantiene la exigencia de que la sicav cuente con 100 socios y, además, se eleva a 2.500 euros la inversión mínima por socio para tributar al 1%.
A esto se suma una inversión inicial mínima de 2,4 millones de euros y estar bajo la supervisión de la CNMV.
Estos cambios y el endurecimiento en la vigilancia de Hacienda han motivado que más de 800 sicav hayan echado el cierre o han trasladado su residencia desde el comienzo de año. Esto no quiere decir que todas vayan a hacerlo. Las más grandes y que cuentan con más inversores reales sí que parece que tienen vocación de permanencia.
El papel del TEAC, también afectado por la sentencia
La sentencia del Tribunal Supremo ha ratificado su jurisprudencia respecto a los tribunales económico-administrativos.
En concreto, la sentencia recuerda que los tribunales económico-administrativos están obligados a resolver todas las cuestiones que les planteen y que no pueden rechazarlas porque no se hayan presentado antes por los interesados ante los órganos de inspección de tributos.
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