Pocos impuestos hay más universales que el Impuesto sobre el Valor Añadido. La aplicación del IVA en España como tal data del 2 de agosto de 1985, aunque antes ya existía un tributo similar denominado Impuesto General sobre el Tráfico de la Empresa, cuya gestión era, si cabe, más complicada.
En España el IVA tiene carácter general y se aplica en todo el territorio nacional salvo en Canarias, que cuenta con su propio tributo, el IGIC, en Ceuta y Melilla. Como el IRPF, este tributo afecta a toda la población, pero a efectos prácticos el consumidor se limitará a pagarlo y la empresa o el autónomo a gestionarlo. Vamos a ver cómo es esta gestión, los trámites relacionados con el IVA y qué porcentaje debes incluir en cada factura.
¿Qué es el IVA?
El IVA es el acrónimo de Impuesto sobre el Valor Añadido. La denominación de Impuesto sobre el Valor Agregado que seguro que has escuchado corresponde a países latinoamericanos. Se trata del impuesto indirecto por excelencia que, como explican desde Hacienda, grava el consumo de bienes y servicios. En otras palabras, se paga cuando se compra algo o se hace uso de un servicio.
El IVA es un impuesto indirecto porque no depende del nivel de ingresos, se paga por igual independientemente de la renta de cada persona. Cada vez que se compra un bien se paga el IVA. Esto lo diferencia de los impuestos directos como el IRPF, que sí se aplica sobre el dinero que ha ganado cada contribuyente.
El IVA recae sobre el consumidor final, es decir, que lo pagan los ciudadanos cuando compran el producto ya terminado. Las empresas se limitan a gestionar este impuesto y ejercer de recaudadoras para Hacienda, ya que cada tres meses deben devolver a la Agencia Tributaria el IVA que han ingresado.
El IVA en España es del 21% con carácter general, pero actualmente existen más tipos de IVA. Si este porcentaje te parece elevado, piensa que la desde la Unión Europea abogan por un aumento del mismo y que por so el IVA paso del 18% al actual 21% en 2012.
En el ranking de países con más IVA ocupamos el puesto 19 junto con Bélgica u Holanda, todavía lejos del 27% de estados como Hungría, que el que más alto lo tiene, pero también del 0% que se llega a aplicar en EE.UU. Aquí puedes consultar el IVA de cada país.
Tipos de IVA en España
La mayoría de países cuentan con más de un tipo de IVA diferente. El motivo es que este tributo sirve para incentivar diferentes sectores o facilitar el acceso a bienes y servicios que se consideran básicos y sobre los que se aplica un porcentaje menor que el general.
En España coinciden tres tipos de IVA, además de la exención del mismo y el IGIC que se aplica en Canarias. Son los siguientes:
- IVA General del 21%. Es el que se suma por defecto a todos los productos salvo que la Ley los incluya en alguno de los otros dos epígrafes. Las últimas modificaciones del IVA han servido precisamente para aumentar la nómina de bienes y servicios que tributan por el IVA general con casos tan sonados como el material escolar, el cine o la peluquería. Aquí puedes consultar la lista completa.
- IVA reducido de 10%. Un escalón por debajo del IVA general en España se sitúa el tipo reducido que hasta 2012 estaba en el 8%. En este epígrafe se incluyen los productos que, no siendo de primera necesidad, el Gobierno estima que son importantes, así como los sectores económicos que quiere impulsa (menos IVA implica un menor precio y en teoría más ventas). Entre los ejemplos de este IVA figuran el transporte de viajeros, los espectáculos deportivos o servicios de hostelería. En el anterior enlace puedes ver el listado entero.
- IVA superreducido del 4%. El único que no se tocó en la anterior reforma de IVA en España y que se refiere a los productos de primera necesidad. En este reducido grupo figuran el pan, la leche, las frutas, los cereales y quesos, medicamentos, sillas de ruedas y prótesis, Viviendas de Protección Oficial y periódico y revistas no publicitarios en papel.
El IGIC Canario
Más allá de los diferentes porcentajes, el IVA en España también cuenta con zonas de exclusión con su propio impuesto. Es el caso de canarias, donde opera el IGIC, que cuenta con seis tipos diferentes que van desde el 0% hasta el 35% de los tipos especiales.
El tipo general es del 7%, por eso es más barato comprar muchas cosas en Canarias.
Aquí puedes consultar el resto de tipos.
Actividades exentas de IVA
A los tres tipos de IVA españoles se suman las actividades y servicios exentos del pago de IVA. En estos no es que el IVA sea del 0%, sino que directamente no se aplicará este impuesto.
Hay cinco actividades exentas de IVA, son las siguientes:
- Operaciones médicas. Se refiere a los servicios de hospitalización y asistencia sanitaria siempre que no sean prescindibles, tales como las de cirugía estética, acupuntura, digitopuntura, anturopatía o mesoterapia.
- Actividades educativas. Se refiere a las actividades delas escuelas públicas y privadas, pero no así a los cursos a distancia, actividades extraescolares y clases particulares. Por supuesto, los cursos de máster y postgrados y demás cursos no escolares quedan excluidos y pagarán IVA.
- Sociedades culturales y deportivas. Se refiere a las actividades sociales, culturales y deportivas con carácter social, siempre que sean realizadas por asociaciones privadas sin ánimo de lucro con un presidente que no cobre por su cargo. Bibliotecas, zoológicos, museos, eventos deportivos autofinanciados y otros similares entran en la categoría.
- Operaciones financieras y de seguros. Se refiere a los servicios de empresas de banca como depósitos en efectivo, créditos, préstamos, transferencia o tarjetas de crédito. Ninguna de estas operaciones incluirá IVA, como tampoco los seguros que firmes.
- Operaciones inmobiliarias. Se refiere a la entrega de terrenos rústicos para uso público o no edificables y segundas entregas de viviendas. Si compras una casa nueva tendrás que pagar IVA. Aquí te lo contamos todo al respecto.
Desde el punto de vista de la empresa se puede, además, distinguir entre dos tipos de exenciones, la plena y la limitada.
Una exención de IVA plena se produce cuando la operación no lleva IVA pero la compañía sí puede deducirse el IVA soportado, como veremos más adelante. Esto ocurre en el ámbito educativo, por ejemplo. En la exención limitada, la compañía no podrá deducir el IVA soportado, como ocurre en los seguros.
Cómo funciona el IVA: IVA devegado e IVA reducido
Ahora que ya conoces el Impuesto sobre el Valor Añadido en España vamos a profundizar en su funcionamiento.
En esencia el IVA es muy sencillo, lo que lo complica son las excepciones y la interpretación de la ley que hace cada autónomo y empresa e incluso la propia AEAT.
Durante todo el proceso de producción cada empresa va sumando el IVA por su trabajo.
Imagina una empresa que fabrica muebles. A ella le llega la madera ya tratada para que sólo tenga hacer sus sillas, pero el proceso comienza mucho antes, con la maderera que tala los árboles y vende el producto a la empresa que después tratará la madera. Estos árboles talados tienen un precio al que se suma el IVA. Después la empresa encargada de tratar la madera hará su trabajo y sumará su IVA. El fabricante de muebles hará las sillas, que enviará a la tienda con IVA y finalmente la tienda le sumará también IVA a ese precio. Es decir, todas las partes suman su IVA que termina pagando el consumidor final.
Lo que ocurre es que las empresas pueden restar después el IVA pagado o IVA soportado al que ha ingresado al hacer la declaración trimestral de IVA. Más adelante te lo explicamos en detalle, pero si quieres saberlo ya, pulsa aquí.
Como calcular el IVA en una factura
A la hora de hacer tus facturas como autónomo o empresa debes incluir siempre el IVA que corresponda según la actividad. Para ello deberás acudir al epígrafe del IAE, que es el que marcará si debes aplicar un 21%, un 8% o un 4% de IVA.
El IVA se suma al final de la factura, sobre el importe bruto. Si una tienda quiere vender un producto por 100 euros y está sujeta al IVA general del 21%, el precio final de venta al público será de 121 euros.
Si necesitas calcular el resultado final para cada uno de los tipos de IVA, bastará con usar la siguiente fórmula:
Precio final = Precio bruto + (Precio bruto x 1,tipo de IVA)
De forma desglosada:
- IVA general = precio bruto x 1,21
- IVA reducido = precio bruto x 10,8
- IVA superreducido = precio bruto x 10,4
Cómo hacer la declaración trimestral de IVA: IVA devengado e IVA soportados
El IVA dentro de la empresa se puede dividir en dos tramos: el IVA soportado y el IVA devengado o repercutido.
- IVA soportado. Es el que paga la compañía por los productos que consume para poder mantener su actividad.
- IVA repercutido o devengado. Es el que cobra por sus bienes o servicios. Es ese 21% que se suma al precio bruto y que da origen al precio final de ventajas
Todas las empresas deben liquidar de forma trimestral el IVA que cobran e ingresarlo a Hacienda. Y es que a efectos prácticos, autónomos y sociedades actúan como recaudadores del tributo. Como contraprestación, podrán restar en la declaración trimnestral el IVA soportado al IVA repercutido. Eso sí, sólo algunas facturas podrán incluirse como gasto a efectos de IVA. Aquí te contamos cuáles son.
Para ello deberán rellenar el Modelo 303 de autoliquidación de IVA español cada trimestre o el Modelo 390 de resumen anual, que como su propio nombre indica, actúa como recopilatorio de todo el año. En la declaración de IVA se incluye la suma de todas las operaciones en función del IVA aplicado, aunque la empresa deberá guardar el recibo de cada una de ellas para poder justificarlas.
La declaración de IVA se realiza a través de la página de Hacienda en este enlace. Una vez rellenado el documento se pueden presentar de forma telemática o imprimirlo para llevarlo a la oficina del banco.
Un ejemplo práctico
Para ilutrar el funcionamiento del IVA en el territorio español, nada como un ejemplo práctico. Juan trabaja como autónomo freelnace. En el último trimestre ha tenido cuatro clientes a los que ha facturado las siguientes cantidades.
- Cliente 1: 350 euros a un tipo general del 21%
- Cliente 2: 750 euros a un tipo general del 21%
- Cliente 3: 750 euros a un tipo general del 21%
- Cliente 4: 350 euros a un tipo general de 21%
- Total IVA repercutido: 73,5 + 157,5 + 157,5 + 73,5 = 462 euros.
En total, Juan ha cobrado 2.200 euros, de los cuáles 462 euros corresponde a un IVA que debe liquidar y devolver a Hacienda.
Para poder mantener su actividad, Juan ha tenido que hacer frente a los siguientes gastos:
- Gasto 1 (teléfono): 120 euros a un tipo general del 21%
- Gasto 2 (internet): 120 euros a un tipo general del 21%
- Gasto 3 (compra de materiales): 100 euros a un tipo reducido del 10%
- Gasto 4 (transporte): 50 euros a un tipo reducido del 10%.
- Total IVA soportado: 25,2 + 25,2 + 10 + 5 = 65,4 euros.
En total, los gastos trimestrales de Juan han ascendido a 390 euros, de los cuáles 65,4 corresponden al IVA soportado.
A la hora de hacer la declaración, Juan restará esos 65,4 euros que ha pagado a los 462 euros que ha cobrado y por lo tanto sólo tendrá que ingresar a Hacienda 396,6 euros.
Imagen – Shutterstock
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