La nueva Ley de licores en Colombia está a sólo un paso de ser realidad
El Proyecto que ya superó sus trámites previos, ahora espera la sanción del Presidente.
- La legislación también atiende un pleito generado con la UE por tarifas discriminatorias.
Desde el Gobierno se espera que el recaudo por impuestos a licores, vinos y aperitivos aumente en cerca del 20 por ciento y permita que los departamentos reciban $1,8 billones en recursos cada año desde el 2017.
El Proyecto de Ley que espera la firma del presidente Santos busca aumentar el recaudo de impuestos que reciben los departamentos por el consumo de licores, vinos y aperitivos, generando recursos que se destinan para los sectores salud, educación y deporte.
De acuerdo con la Viceministra de Hacienda, Ximena Cadena, “Esto va a beneficiar la inversión en salud y educación en todas las regiones”. Así mismo, la Viceministra destacó que se fortalecerá la industria nacional de licores, brindando mayor equidad y teniendo en cuenta que esta nueva Ley modifica los impuestos al consumo de las bebidas destiladas, vinos, aperitivos y similares, estableciendo reglas claras sobre cómo se introducen y producen en los departamentos.
La Ministra de Comercio destacó que la industria del aguardiente y el ron quedó protegida con una salvaguardia que podrán establecer los departamentos.
Según el Ministerio de Hacienda, la reglamentación a implementar cobrará un impuesto sobre el valor de los licores, dando lugar a que el producto que vale más paga más impuesto.
Por otra parte, el Gobierno destacó que la norma permitirá que el aguardiente y la industria de licores en Colombia puedan descontar el IVA que pagan en los insumos, algo que hoy no se puede hacer y que va a tener una carga fiscal que está más acorde con sus grados de alcohol.
De acuerdo con el Régimen de Impuestos de Licores que fue aprobado, la carga tributaria para productos destilados nacionales e importados se igualó en $220 por grado de alcohol y estableció un impuesto al consumo con tres componentes: impuesto de $220 por grado de alcohol para todas las bebidas; impuesto de 25 por ciento del valor final del producto. (Ad Valorem ) y se añade un impuesto de IVA del 5 por ciento sobre el precio de venta.
Para el caso de los vinos, de acuerdo con la Viceministra Cadena, estos productos fermentados pagarán menos impuestos que los alcoholes destilados, teniendo en cuenta que causan menos daño a la salud.
“El vino va a tener un tratamiento preferencial. El régimen aprobado establece que en lugar de los $220 por grado de alcohol, que tienen los licores destilados, va a tener $150 de impuesto por grado de alcohol y un Ad Valorem del 20 % sobre el precio de venta al público, mientras que el resto de licores tienen un 25 % del impuesto sobre el precio de venta al público”, recalcó.
Se espera que el recaudo por impuestos a licores, vinos y aperitivos aumente en cerca del 20 por ciento.
La Viceministra Cadena enfatizó que el Proyecto de Ley de Licores incorporó herramientas que permitirán combatir de manera más certera el contrabando y dijo que antes de la aprobación de esta ley, los licores nacionales tenían una mayor carga tributaria que los extranjeros, en muchas ocasiones, pero ahora pagará más impuestos el producto que sea más costoso.
La ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Claudia Lacouture, agradeció al Congreso la aprobación del proyecto y explicó que la ley es resultado del trabajo conjunto que se adelantó entre los diferentes actores de la industria de licores, el Congreso y el Gobierno Nacional, para lograr consensos y fortalecer la iniciativa.
Por último, la Ministra destacó que la industria del aguardiente quedó protegida con una salvaguardia que podrán establecer los departamentos, prohibiendo el ingreso de otra bebida del mismo tipo, sea colombiana o extranjera y explicó que también habrá una salvaguardia para los rones importados, por lo que los departamentos podrán prohibir el ingreso de los que no sean suyos.
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21:20 22/11/2024 Sustitución de Gestora o Depositario de IIC - La CNMV ha resuelto: Inscribir en el Registro Administrativo de PRIVACLAR, SICAV S.A. (inscrita en el correspondiente registro de la CNMV con el número 2862), la revocación del acuerdo de gestión con GESIURIS ASSET MANAGEMENT, SGIIC, S.A. y el otorgamiento a ANDBANK WEALTH MANAGEMENT, SGIIC, S.A.U. Asimismo recoger la sustitución de GESIURIS ASSET MANAGEMENT, SGIIC, S.A. por ANDBANK WEALTH MANAGEMENT, SGIIC, S.A.U. como entidad encargada de la representación y administración de PRIVACLAR, SICAV S.A. |
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22 nov PRIVACLAR, SICAV S.A. |
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21:19 22/11/2024 Sustitución de Gestora o Depositario de IIC - La CNMV ha resuelto: Inscribir la sustitución de BNP PARIBAS S.A., SUCURSAL EN ESPAÑA por BANCO INVERSIS, S.A., como depositario; así como el traslado del domicilio social de la sociedad que pasa a ser: Avenida Diagonal, 464, 08006, BARCELONA. |
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22 nov HAMCO GLOBAL VALUE FUND, FI |
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21:19 22/11/2024 Delegación/revocación de la gestión de activos de IIC - La CNMV ha resuelto: Incorporar al Registro de la CNMV, a solicitud de ANDBANK WEALTH MANAGEMENT, SGIIC, S.A.U., como entidad Gestora, y de BANCO INVERSIS, S.A., como entidad Depositaria, la comunicación del acuerdo de delegación de la gestión de inversiones de la sociedad gestora designada de HAMCO GLOBAL VALUE FUND, FI (inscrito en el correspondiente registro de la CNMV con el número 5413) con: HAMCO AM, SGIIC, S.A. |
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