Cláusulas suelo: el Gobierno aprobará este viernes el Código de Buenas Prácticas
Aunque la adhesión de los bancos a este documento será voluntaria
- El Banco de España estima un coste para la banca de 4.000 millones de euros
- Falta por saber en las próximas semanas qué bancos aceptarán este código
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Actualitzat : 10:40
El Consejo de Ministros articulará el viernes un procedimiento para la tramitación de la devolución por parte de los bancos de lo cobrado de más a los particulares afectados por las conocidas como cláusulas suelo, una vez que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó la pasada semana su retroactividad total.
Dicho procedimiento ha sido analizado este miércoles en la Comisión de secretarios de Estado y subsecretarios, reunión preparatoria del próximo Consejo de Ministros y que ha estado presidida por la vicepresidenta del Gobierno y ministra de la Presidencia y para las Administraciones Públicas, Soraya Sáenz de Santamaría, informó este Departamento, según recoge Europa Press.
El portavoz del Gobierno, Íñigo Méndez de Vigo, ya anunció al término del Consejo de Ministros del 23 de diciembre que el Ejecutivo aprobaría en su última reunión del año un Código de Buenas Prácticas de adhesión voluntaria para las entidades financieras con el que resolver "con celeridad" la devolución de lo cobrado de más a los clientes afectados por estas cláusulas suelo.
El Gobierno aprobará un Real Decreto Ley que lleve como anexo este Código con el objetivo de establecer un sistema más rápido que el judicial y reducir los costes a los consumidores
Tras argumentar que la relación que mantienen los bancos con sus clientes es una cuestión "privada y personal", destacó que la intención del Ejecutivo con la aprobación de este Código de Buenas Prácticas es dar "seguridad, tranquilidad y certidumbre" para ayudar a solucionar esta situación "de una forma rápida".
Méndez de Vigo señaló que el Gobierno "respeta" las decisiones judiciales, y recordó que los problemas con las 'cláusulas suelo' no se habrían producido si se hubiera aprobado antes la Ley de medidas de protección del cliente hipotecario de 2013.
En concreto, según han precisado fuentes del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, el Gobierno aprobará un Real Decreto Ley que lleve como anexo este Código con el objetivo de establecer un sistema más rápido que el judicial y reducir los costes a los consumidores.
El Código será de adhesión voluntaria para los bancos, pero una vez que la entidad en cuestión lo suscriba, será de obligatorio cumplimiento y abordará únicamente el tema de las 'cláusulas suelo', de acuerdo con las mismas fuentes. Ahora, falta por saber qué bancos accederán a aplicar este código en las próximas semanas. En principio, los más afectados son Caixabank, Banco Popular, Banco Sabadell, Liberbank y Unicaja.
El ministro de Economía, Luis de Guindos, aseguró el 21 de diciembre, tras conocerse la sentencia del TJUE, que el sistema bancario español es "solvente" y puede hacer frente a las consecuencias de la sentencia del TJUE sobre cláusulas suelo, por la que se obliga a los bancos a devolver a los clientes el importe extra cobrado por estas cláusulas desde que comenzaron a aplicarse. El Banco de España ha estimado en algo más de 4.000 millones de euros el impacto en los bancos españoles afectados por la sentencia. Se calcula que cada cliente afectado podrá recibir unos 8.000 euros de media.
El PSOE registró el martes una solicitud de comparecencia de Luis de Guindos para que explique en el Congreso cuál será el método de cobro de las 'cláusulas suelo' para los afectados tras la sentencia europea, cómo se adaptará la legislación hipotecaria a la sentencia europea, así como las medidas que se pretenden tomar para evitar "abusos". De este modo, se sumará a las peticiones de comparecencia en sede parlamentaria del ministro registradas la semana pasada por Izquierda Unida y Ciudadanos.
DE DISTINTA APLICACIÓN
Juristas consultados han explicado que la resolución jurídica de Europa se aplicará de forma distinta si la hipoteca ha vencido o si el caso está judicializado.
Si el cliente afectado ya tiene una sentencia firme, los juristas afirman que no podrá volver a reclamar por una cosa que ya ha sido juzgada
En el primero de los casos habría que analizar si cabe o no la declaración de nulidad con efectos retroactivos, en cuyo caso los afectados --de no ser satisfechos directamente por el banco al que reclamen-- irán al juez y previsiblemente serán indemnizados en la cantidad que pagaron de más durante todos los años que estuvieron pagando el préstamo.
En el supuesto de que las hipotecas aún pendientes, habrá que distinguir entre los casos que ya han sido llevados a los tribunales y los que aún no. Los ciudadanos que ya han obtenido una resolución firme ya no tienen nada que hacer, según las mismas fuentes, mientras que en el caso de los segundos sí podrá aplicarse la doctrina sentada por el TJUE.
Si el afectado no ha iniciado ningún procedimiento judicial sobre el asunto podría acogerse a una solución extrajudicial, como podría ser el arbitraje de consumo, en el caso de que éste llegue a aprobarse. Lo que parece difícil a primera vista es conocer qué porcentaje de afectados por las cláusulas suelo pertenecen a uno u otro grupo. Por su parte, el Tribunal Supremo ya ha anunciado que "ajustará" su actual jurisprudencia sobre nulidad de estas cláusulas abusivas al fallo del TJUE.