Enagás busca acuerdo amistoso con Perú por inversión en gasoducto andino

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Capitalbolsa | 20 dic, 2017 08:31

Enagás solicita al Estado Peruano el inicio de un procedimiento de trato directo previo a un arbitraje internacional con el objeto de alcanzar un acuerdo amistoso en relación a la controversia existente sobre la inversión realizada por la Sociedad en el proyecto del Gasoducto del Sur Peruano, S.A., (“GSP”).

La controversia se basa en la disconformidad de la Administración Peruana en reconocer la vigencia de la cláusula 20 del contrato de concesión de GSP de cuya aplicación resulta el derecho de Enagás a recuperar la inversión realizada en el proyecto.

El pasado 24 de enero de 2017 se declaró la terminación del contrato de concesión de GSP mediante el Oficio No. 145-2017-MEM-DGH. Para el caso de terminación, la cláusula 20 del contrato de concesión establece que el concedente deberá proceder a subastar la concesión en el plazo de un año desde su terminación (es decir, antes del 24 de enero de 2018) y con la suma que se obtenga en la subasta el concedente deberá abonar al concesionario hasta un máximo del Valor Neto Contable de los Bienes de la Concesión (“VCN”), deducidos los gastos incurridos en el proceso de subasta. El concedente garantiza en todo caso como mínimo el 72.25% del VCN.

A día de hoy la Administración Peruana no ha avanzado lo suficiente en los trámites necesarios para calcular el VCN y para celebrar las convocatorias de las subastas a las que se refiere la cláusula 20 del contrato de concesión de manera que la Sociedad constata que las obligaciones descritas en la citada cláusula no se cumplirán antes del 24 de enero de 2018.

Enagás ha decidido en consecuencia poner en marcha los medios que el derecho pone a su disposición para recuperar su inversión y para la mejor defensa de sus intereses y la de sus accionistas, y para ello, se ha acogido al APPRI Perú-España con el objeto de alcanzar un acuerdo amistoso sobre la controversia con el Estado Peruano mediante un procedimiento de trato directo previo al inicio del arbitraje previsto en artículo 9.2 del APPRI Perú- España.

Enagás confía en poder llegar a un arreglo amistoso y se compromete a ejercer sus mejores esfuerzos para tal fin esperando el mismo compromiso del Estado Peruano.

En este sentido, la Sociedad considera a día de hoy, que sobre la base de los análisis e informes periciales realizados por sus asesores externos, tanto jurídicos como financieros, recuperaría su inversión, ratificando de esta manera los objetivos de crecimiento del beneficio después de impuestos (BDI) del ejercicio 2017.

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