BBVA choca de nuevo con Sabadell en la fase 2 de la CNMC a cuenta del deber de pasividad en la OPA

Europa Press

CapitalBolsa
Capitalbolsa | 26 nov, 2024 08:23
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BBVA y Banco Sabadell han vuelto a chocar este lunes en el contexto de la nueva fase que ha abierto la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sobre la oferta pública de adquisición (OPA) de carácter hostil que lanzó el pasado mes de mayo BBVA sobre Sabadell.

A mediados de este mes, la CNMC decidió ampliar su análisis de la OPA a fase 2 ante la "afectación potencial" al mantenimiento de la competencia efectiva en el sector financiero, especialmente en área de los servicios bancarios y de pagos, y el impacto que podría tener sobre las pymes.

La apertura de esta fase no solo alarga el análisis de la concentración, sino que abre la puerta a que terceras partes puedan personarse en el proceso y presentar alegaciones. Esto es algo que han ido anunciado sindicatos y asociaciones empresariales en los últimos días.

A este respecto, el diario 'El Mundo' ha publicado este lunes que el director de Relaciones Institucionales y Seguridad Corporativa de Banco Sabadell, Álvaro Echevarría, habría facilitado a asociaciones de consumidores o empresariales modelos de presentación para personarse ante Competencia.

Fuentes de BBVA consultadas por Europa Press consideran que esta actuación podría ser una estrategia para dilatar el proceso y vulneraría el deber de pasividad al que está obligado el banco 'opado'.

"De ser cierta esta información, consideramos que esta conducta incita a la personación de terceras partes con el objetivo de entorpecer y alargar el proceso de autorización regulatoria e impedir el éxito de la oferta a los accionistas, vulnerando así el deber de pasividad y desvirtuando el interés legítimo de las partes para personarse", indican estas fuentes.

El Real Decreto 1066/2007, la conocida como Ley de OPAs, regula en su artículo 28 las limitaciones de los órganos de administración y dirección en caso de recibir una oferta de compra.

Entre estas limitaciones se prohíben las operaciones de emisión de valores, los actos dirigidos a fomentar la compra de valores, el reparto de dividendos que no sigan la política habitual o la enajenación o arrendamiento de activos, entre otros.

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