¿Por qué los becarios no tienen relación laboral con la empresa?

¿Qué es un becario? “El concepto moderno de Becario, nos acerca más al concepto de un estudiante que dentro de un organismo público o privado puede realizar prácticas en empresas ya sea con retribución económica o sin ella, y con el objetivo de ir adentrándose en el mundo laboral o prestando el conocimiento adquirido en sus estudios para desarrollar proyectos o investigaciones” .

Hay que distinguir entre las prácticas no laborales, en las que el convenio se suscribe entre la empresa y los Servicios Públicos de Empleo (becarios). Y por otro lado están las prácticas curriculares y extracurriculares. La diferencia entre ambas es que las curriculares aportan créditos al plan de estudios, y las extracurriculares se hacen como formación extra. Las prácticas curriculares forman parte del plan de estudios y por lo tanto, su configuración, tanto la duración como la estructura, dependerá de la programación del curso académico.

En las prácticas no laborales, se establece una duración comprendida entre 3 y 9 meses. Los alumnos recibirán de la empresa en que desarrollan las prácticas una beca de apoyo cuya cuantía será, como mínimo, del 80 % del IPREM mensual vigente en cada momento.

Como la beca no suponen una relación laboral,ni las funciones que desarrolla, ni el horario ni el calendario para hacerlo debe estar sujeto a la norma laboral. Las vacaciones, junto con otros, salario, pagas extras, finiquito, es un concepto propiamente laboral, que la normativa reserva a los trabajadores asalariados por cuenta ajena. La beca no es una relación laboral, ya que no existe un contrato de trabajo, ni salario estipulado con la empresa. Es la realización de unas prácticas formativas, para adquirir experiencia,ya que el plan de estudios es meramente teórico.

Desde el pasado año, las empresas tienen que cotizar mes a mes por sus becarios. Es más, tienen que cotizar por los becarios que estuviesen desde el pasado 28 de junio de 2013 (fecha de publicación en el BOE de la sentencia del Supremo). Para que las empresas e instituciones tengan tiempo para adaptarse, la Seguridad Social dejó de margen hasta el 30 de septiembre del año pasado para dar de alta a los becarios, y hasta el 31 de octubre para ponerse al día con las cotizaciones de los meses de verano.

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Aportarán unos 35 euros al mes por becario, a lo que hay que sumar unos 6 euros al mes que saldrá de la retribución de los becarios para su propia cotización. Gracias a esto los becarios empiezan a aportar para acumular derechos: para tener acceso a prestaciones de jubilación, invalidez, incapacidad temporal por contingencias comunes y profesionales, y formación profesional. Eso sí, la cotización no incluye contribuciones al desempleo, y por tanto los becarios no generan derecho a la prestación de paro.

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