Actualmente, el Ministerio de Trabajo se encuentra en diversas negociaciones para poner en marcha una nueva ayuda que permita formar, orientar e insertar en el mundo laboral a personas que se han quedado en el paro a causa de la crisis por el Covid-19, así como también para aumentar el nivel de formación de aquellas personas que ya disponen de empleo.
De esta manera, se ha procedido a la entrega de la propuesta tanto a la patronal como a los diferentes sindicatos, y que previamente se ha negociado con las comunidades autónomas que conforman el país. Esta nueva normativa dispone de los contenidos esenciales de los programas comunes de políticas activas de empleo, y si se aprueba será la única vigente relacionada con este tema.
Cómo será la nueva ayuda
Por esta razón, dispone de un catálogo en el que se muestran a los usuarios, diversos programas formativos y de orientación laboral, así como también una serie de incentivos para la contratación, que cada comunidad podrá elegir a su antojo teniendo en cuenta el presupuesto estatal facilitado anualmente para este tipo de asuntos.
Como ya hemos mencionado anteriormente, este tipo de ayudas se encuentran centradas en todas aquellas personas que se encuentren en situación de desempleo y estén dados de alta en el Servicio Público de Empleo, personas jóvenes que aún no se han incorporado al mundo laboral y que forman parte del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, y en último lugar, empleados que desean aumentar sus conocimientos laborales y que se encuentran registrados en el SEPE.
En este último caso, la nueva normativa dispone de determinados instrumentos y herramientas a disposición del usuario, con los que podrá fortalecer su carrera profesional estable. Esto podrá conseguirlo por medio de incentivos a la contratación fija, y a través de los programas de empleo-formación que se lleven a cabo gracias al contrato de trabajo. Hay que tener en cuenta que, al hacer uso de este tipo de programas, no se podrá acceder a becas o ayudas de ese estilo.
La nueva normativa propone que las primeras contrataciones indefinidas por medio de subvenciones, siempre y cuando se celebren a tiempo completo, y bajo determinadas cuantías de referencia. Tal y como indica la propia normativa, con carácter general, las normas o bases reguladoras podrán prever una subvención de 4.000 euros, cantidad que aumentará a los 4.500 euros en caso de ser mujer, o de ser mayor de 45 años para personas con discapacidad o pertenecientes a algún tipo de colectivo vulnerable que determine el Servicio Público de Empleo.
Por otra parte, el incentivo será de 5.500 euros o 6.000 si se es mujer, mayor de 45 años o se encuentra en un estado de discapacidad o perteneciente a cualquier tipo de colectivo vulnerable recogido dentro del Servicio Público de Empleo, con determinadas condiciones: que los contratos se celebren con beneficiarios del ingreso mínimo vital o algún tipo de ayuda similar, la persona tenga discapacidad, se trate de una persona retornada del extranjero, o sean mujeres que trabajan en sectores mayoritariamente masculinos o que lleven más de dos años tras su parto o adopción. También podrán acceder a dicho incentivo personas mayores de 45 años y cualquier colectivo que determine la comunidad autónoma pertinente.
El incentivo podrá aumentar a 7.000 euros, 7.500 si se trata de mujeres mayores de 45 años discapacitadas, si la persona con la que se realiza el contrato se encuentra en riesgo de inclusión por ser mayor de 45 años, o por pertenecer a un colectivo vulnerable.
Todas estas subvenciones pueden aumentar hasta en 2.000 euros en el momento en que la contratación indefinida se realiza por un trabajador autónomo, así como también por una cooperativa o sociedad laboral que se encuentre contratando a su primer empleado.
Las empresas tienen como requisito para acceder a estas subvenciones, la creación de empleo neto en lugar de realizar sustituciones. Cabe destacar que, si la jornada no se realiza a tiempo completo, la cuantía de la subvención disminuye proporcionalmente.
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