Tanto si se da la situación de un viaje al extranjero por motivos personales como si se encuentra en situación de desempleo y cobrando una prestación, puede también, que, cansado de buscar trabajo en nuestro país, en el que la tasa de paro sigue siendo elevadísima, usted decida probar suerte en el entorno europeo, pero, a la vez está percibiendo también una prestación por desempleo; en ambos casos se puede llegar a poner en práctica lo que se conoce como exportación de la prestación de desempleo.
En esencia esta exportación va a consistir en la posibilidad de seguir percibiendo el desempleo, en algunos casos incluso mientras se reside en el extranjero, eso sí, existen una serie de matices y de trámites importantísimos ya que, de no llevarse a cabo, o de hacerlo de manera incorrecta, podrían llegar acarrear la suspensión de la prestación.
El máximo de tiempo de viaje en el extranjero sin justificación (aunque con comunicación obligatoria a la oficina de empleo correspondiente) es de 15 días. Si esta fecha queda superada y no se ha realizado el proceso de exportación de empleo de manera previa, podemos incluso llegar a perder la prestación. Existe la opción también, cuando el número de días no resulta muy superior a los 15, de suspender la prestación para posteriormente, a nuestra vuelta a reanudar.
La exportación
Por tanto en principio la exportación de la prestación de desempleo queda fijada como orientada a personas que van a estar más de 15 días en el extranjero, y se limita al ámbito de la Unión Europea más algunos países europeos que se suman a esta opción. Previamente al viaje, este deberá ser comunicado en la oficina de empleo correspondiente, donde además deberemos rellenar un formulario para los países de la unión europea (que es donde se puede aplicar la exportación) que se llama formulario U2.
Posteriormente ese formulario, copia de él realmente, deberá ser entregado en los servicios de empleo del país en el que nos vamos a asentar mientras percibimos la exportación de la prestación. La duración inicial de la exportación de prestación de desempleo es de tres meses, pero puede llegar a extenderse hasta los seis meses; debemos tener en cuenta que esta exportación no sólo conlleva derechos, sino también obligaciones, y por tanto, quedaremos a disposición de los servicios de empleo locales del país donde nos hemos dirigido, para atender ofertas de empleo, etcétera.
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Hola. Que pasa con el resto de paro si habiendolo exportado y trancurridos los 6 meses no se ha encontrado trabajo fuera? Se pierde o queda pendiente?
Hola a todos,
Me voy en pocos días a Inglaterra a buscar trabajo, ya he presentado la documentación necesaria y estoy a la espera de recibir la confirmación. Tengo 7 días para formalizar la demanda en los servicios de empleo de allí, pero que ocurre si me dan cita para días posteriores?
alguien puede ayudarme?
buenas noches a todas y todas que quieren cobrar la prestacion fuera de espana hay diferenciar si co ntributiva o non primero.
y cada pais de los CEE tiene sus leyes internas para que puedes cobrar . soy espanol y vivo en francia y vivido en otros paises norwega italia reino unido , belgica ,suiza
cada tiene su normas , sus leyes para exportar tu paro no
porque en espana no tedaran mucha information hay wque viajar al pais, ciudad y venir , hablar con admnistration del paro pole eloi françés y ver los documentos aqui primero antes de pedirlo en espana.*
si cualquier persona espanol o espanola necessita ayuda
en francia exacto en perpignan lo ofrzco mi ayuda de information del mercado laboral en la restauration busqueda de trabajo de cocinero , camarero en la restauration en general en esta region puede contctarme a willy [email protected].
espero que tengais suerte a todo los parados en espana es triste