Para muchas personas en proceso de buscar trabajo mientras cobran una prestación por desempleo, la opción de buscar empleo en el extranjero puede resultar atractiva. Pero, no siempre sabemos que ocurre con la prestación si decidimos ir a otro país en búsqueda de empleo.
Lo primero que hay que señalar es que no se trata de un escenario sencillo, y que variará mucho dependiendo de si la búsqueda de empleo se realiza en un país de la Unión Europea (o Suiza) o en un país extranjero no directamente relacionado con la Unión.
¿Qué pasa con mi prestación por desempleo si voy a un país de la UE a buscar trabajo?
En primer lugar, hay que señalar que es factible acudir a un país de la Unión Europea o Suiza a buscar empleo mientras se sigue cobrando la prestación por desempleo, pero esto tiene algunas limitaciones.
En primer lugar, se trata de una acción que debe comunicarse previamente al SEPE. Sin esta comunicación y la correspondiente autorización, los servicios de empleo público podrían incluso llegar a retirar la prestación en caso de considerar que hay una infracción.
Una vez conseguida la autorización, hay que tener en cuenta que se podrá cobrar el paro estando en otro país europeo buscando empleo durante un periodo de tres meses con una prórroga máxima de otros tres meses. Es decir, un máximo de seis meses transcurridos los cuales, ya no se percibirá prestación.
La persona que busca empleo deberá acreditar su estancia en el país de búsqueda, y su inscripción como demandante de empleo activo en los servicios de empleo del país de destino. Esto debe ocurrir con un plazo no superior a una semana desde que deja de estar bajo el amparo del SEPE.
¿Qué pasa con mi prestación por desempleo si voy al extranjero a buscar trabajo?
Para el resto de países que no se encuentran en la Unión Europea, el modelo de comportamiento de la prestación por desempleo es diferente.
Para estancias de menos de 15 días, no existe ningún problema y la prestación se sigue cobrando, siempre que se cumplan con las obligaciones que pueda generar el derecho a prestación. Sin embargo, es recomendable comunicar la ausencia al SEPE.
Para periodos superiores a 360 días la prestación se suspende, se deja de cobrar el paro, pero se puede volver a solicitar su reanudación a la vuelta del viaje. Es decir, no se extingue.
Sin embargo, para estancias superiores a 360 días la prestación se extinguirá automáticamente y no genera derecho reanudación. Por tanto, sería necesario volver a acumular las acreditaciones necesarias para solicitar otra prestación por desempleo diferente.
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