El plazo para solicitar la devolución de los gastos de hipoteca se ha extendido hasta el 14 de abril de 2024, ofreciendo a los afectados una oportunidad adicional para reclamar. Esta ampliación se debe a la suspensión temporal de los plazos de prescripción durante el estado de alarma por la pandemia de Covid-19.
Los beneficiarios de esta medida son aquellos que firmaron su hipoteca antes de junio de 2019 y tuvieron que pagar los gastos de notaría, registro, gestoría y tasación. Según el Tribunal Supremo, estas cargas son consideradas como cláusulas abusivas, lo que obliga a los bancos a reembolsar el 50% de los gastos notariales y la totalidad de los demás importes. Es importante destacar que este reembolso se puede solicitar incluso si la hipoteca ya ha sido cancelada.
La Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario, en vigor desde junio de 2019, establece la distribución de los gastos de formalización de la hipoteca. En las hipotecas más recientes, los bancos asumen los gastos de notaría, registro y gestoría, mientras que el comprador se encarga de los gastos de tasación y las copias de la escritura solicitadas.
Para iniciar el proceso de reclamación, los afectados deben presentar una reclamación al servicio de atención al cliente de su banco. Esta solicitud debe realizarse utilizando medios oficiales, como hojas de reclamación, correo certificado, burofax o llamada telefónica al servicio de incidencias. Si no se recibe una respuesta positiva en un plazo de 30 días, se puede elevar la reclamación al servicio de reclamaciones del Banco de España. En última instancia, si todas estas gestiones resultan infructuosas, se puede recurrir a la vía judicial.
Esta prórroga otorga a los afectados una ventana adicional para reclamar sus derechos y obtener el reembolso correspondiente de los gastos hipotecarios injustamente pagados.