Colgar la mascarilla del retrovisor puede ser motivo de sanción

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Bolsamania | 14 sep, 2020

Actualizado : 14:53

La mascarilla se ha convertido en un accesorio indispensable en nuestro día a día al ser considerado como uno de los mecanismos más eficaces para evitar la propagación del coronavirus. Por este motivo, su uso ha pasado a ser obligatorio prácticamente a todos los niveles, tanto en lugares abiertos como en espacios cerrados.

Pese a ello, los coches son una de las zonas en las que se está exento de hacer uso de la mascarilla, siempre y cuando se viaje sólo o con las personas con las que se convive. Cuando esto ocurre, suele surgir una duda habitual: ¿dónde dejarla cuando no se está haciendo uso de la misma?

Uno de los lugares favoritos de los conductores para situar la mascarilla ha pasado a ser el espejo retrovisor central. Por su forma, este elemento puede ser considerado como un 'perchero' ideal para ésta mientras no se está utilizando; pero su utilización con este fin podría ser motivo de sanción para las autoridades pertinentes.

Tal como queda registrado en el Artículo 18 del Reglamento General de Circulación, es obligatorio que el conductor mantenga "el campo necesario de visión" durante el trayecto. Así, la mascarilla podría ser considerado por los agentes como un impedimento que dificultaría la visión de la carretera, por lo que estaría prohibido.

En el supuesto de que esto ocurriese, sería considerado como una infracción leve que conllevaría una multa por un importe de 80 euros -40 euros en caso de que se abonase en el periodo considerado como pronto pago-. Aún así, las posibilidades de ser sancionado por este motivo son realmente bajas ya que dependería de la interpretación de la autoridad pertinente acerca de este hecho.

Cabe recordar que el uso de la mascarilla sigue siendo obligatorio en los vehículos cuando se realicen trayectos con personas ajenas al domicilio en el que se convive. En caso de incumplir esta normativa, la sanción puede ascender hasta los 100 euros. Por su parte, aquellas personas que viajen en motocicleta sí están exentas de su utilización, salvo si se viaja con acompañante o se hace uso de un casco abierto.

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