La vivienda es o era fuente de deducción en el IRPF. Descubre aquí qué reformas desgravan en la renta 2021 y cuáles se quedan sin premio
La fiscalidad no es algo rígido, sino que evoluciona y cambia. Uno de los aspectos que más ha cambiado es la tributación de la vivienda habitual. Desde la compra de vivienda hasta la desgravación por alquiler. Pero, si hay algo que ha variado, son las deducciones por reformas en la renta 2021, que regresan en el IRPF 2021, aunque sólo para cierto tipo de obras en la vivienda, las que tienen que ver con la mejora de la eficiencia energética en la vivienda.
Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas
Una de las principales novedades de la renta 2021 es la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas. Esta desgravación por reformas se estructura en torno a tres tipos de obras. Además, sólo se podrán deducir en el IRPF las obras iniciadas desde el 6 de octubre de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2022.
Las deducciones disponibles son las siguientes:
Deducción por obras de mejora que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración
La primera es la deducción por las obras realizadas que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual. Se trata de una deducción de hasta el 20% de las cantidades invertidas y un máximo de 5.000 euros por vivienda y año.
Lo que no existen son límites plurianuales a la hora de aplicar la deducción.
Esta deducción aplica solo a la vivienda habitual y las casas alquiladas como vivienda habitual siempre que se alquile antes del final de 2023.
Deducción por obras de mejora que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable
La segunda es la deducción por las obras realizadas que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación energética alcanzando las letras «A» o «B» en vivienda habitual.
El porcentaje a desgravar es del 40% de la obra hasta un máximo de 7.500 euros por vivienda en cada ejercicio fiscal.
Como en el caso anterior, no existen límites a la deducción plurianual.
También como en el caso anterior, sólo aplica a la vivienda habitual y las viviendas alquiladas que sean residencia habitual del inquilino. En otras palabras, las segundas residencias y viviendas turísticas quedan excluidas.
Deducción por obras de rehabilitación energética de edificios
Por último, existe una deducción por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación alcanzando las letras «A» o «B» en edificios de uso predominante residencial. Esta deducción es de hasta un 60% del dinero invertido y un máximo de 5.000 euros por vivienda al año y 15.000 euros en total.
Esta deducción se aplica a todas las vivienda salvo las que estén afectas a actividades económicas.
¿Y el resto de reformas? De forma muy resumida, cualquier otra reforma que hayas hecho en 2021 no podrás desgravarla en tu declaración. Pero tranquilo, ello no quiere decir que no se pueda deducir por este concepto en la renta 2021 Lo cierto es que sí se puede hacer, sólo que por las obras de ejercicios anteriores.
La deducción por reformas generales en la renta 2021
Las reformas que puedes deducir en la renta 2021 se limitan a las que se realizasen entre el 7 de mayo de 2011 y el 1 de enero de 2013, y que se empezasen a pagar antes de esta última fecha. Ello quiere decir que, seguramente, ya habrás deducido parte de esas obras en los ejercicios anteriores de la renta.
En la renta 2021 podrás desgravar las cantidades excedentes, las que no hayas podido incluir en la renta 2020 y ni en la renta 2019 o anteriores.
Qué se puede desgravar en una reforma
La mayoría de dudas respecto a la reforma de la vivienda en la declaración de la renta se deben a la publicación del Real Decreto-ley 6/2010 de 9 de abril por el que se ampliaron los supuestos que permiten deducir en el IRPF parte de lo invertido en la rehabilitación o reforma de la vivienda habitual.
Hasta esa reforma sólo se podían deducir las obras de rehabilitación que fuesen imprescindibles para la conservación del piso y las relacionadas con la adaptación de vivienda a minusvalías de algún miembro de la unidad familiar.
Con ese decreto se pueden deducir las reformas en la vivienda habitual o el edificio en el que ésta se encuentra «que tengan por objeto la mejora de la eficiencia energética, la higiene, salud y protección del medio ambiente, la utilización de energías renovables, la seguridad y la estanqueidad, y en particular la sustitución de las instalaciones de electricidad, agua, gas u otros suministros, o favorezcan la accesibilidad al edificio o las viviendas, en los términos previstos en el Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, así como por las obras de instalación de infraestructuras de telecomunicación realizadas durante dicho período que permitan el acceso a Internet y a servicios de televisión digital en la vivienda habitual del contribuyente».
Reformas que no desgravan
Quedan fuera de esta deducción por vivienda las obras que tengan un objeto diferente, tales como:
- Los gastos de conservación y reparación efectuados regularmente con la finalidad de mantener el uso normal de los bienes materiales, como el pintado, revoco o arreglo de instalaciones y similares.
- Los gastos de sustitución de elementos tales como instalaciones de calefacción, ascensor, puertas de seguridad y otros.
- Las mejoras.
- Las plazas de garaje adquiridas conjuntamente con la vivienda que excedan de dos.
- Las que se realicen en plazas de garaje, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos.
Dicho de otra forma, si cambias la bañera de tu casa, por ejemplo, no podías, ni puedes ahora en la renta 2016, desgravar.
Cuánto puedo desgravar
El citado Real Decreto permite beneficiarse de esta deducción a los contribuyentes con una base imponible inferior a 71.007,2 euros, aunque la cuantía de la deducción dependerá del nivel de ingresos. Las cantidades máximas que se pueden desgravar son las siguientes:
- Si la base imponible es igual o inferior a 53.007,20 euros anuales, el límite son 4.000 euros anuales.
- Si la base imponible esta entre 53.007,21 y 71.007,20 euros el límite será el resultado de 4.000-0,2 x (base imponible-33.007,20 euros).
Además, las cantidades que excedan esos límites y no se pudieron deducir en el mismo año se pudieron y se pueden trasladar a los siguientes ejercicios con un máximo de cuatro años. Ésta es la parte que nos interesa, ya que para la renta 2016 ésas son precisamente las cantidades que se pueden desgravar ahora.
La base acumulada tanto de las cantidades que fueron objeto de deducción como de las pendientes de deducir no puede exceder, en este régimen, de 20.000 euros por vivienda. El citado límite de 20.000 euros deberá estar distribuido entre los copropietarios con derecho a practicar la deducción en función de su respectivo porcentaje de propiedad en el inmueble.
Forma de pago de las obras
El Real Decreto también estableció una serie de métodos de pago para poder acceder a la deducción, además de contar con una factura legal que justifique la obra. Los métodos de pago admitidos son: tarjeta de crédito, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuentas bancarias a las personas o entidades que facturen la obra. De esta forma, se pretende también combatir el pago en efectivo y posibles pagos en dinero negro a fin de eludir el pago del IVA.
Si cumpliste en su momento con todas esas condiciones y no desgravaste toda la obra o has ido pagando a plazos, podrás desgravar por tus reformas en la renta 2016.
A modo de resumen, para poder deducir en la renta 2016 por reformas deben darse los siguientes elementos:
- Obra iniciada antes de 2013 que sirviese para mejorar la eficiencia energética de la vivienda.
- Que resten cantidades por deducir y no se hayan deducido en anteriores ejercicios.
- Que la obra haya terminado antes del 1 de enero de 2017.
La deducción por adecuación de la vivienda para una persona con discapacidad
La cuestión es algo diferente en el caso de las reformas para adecuar la vivienda por discapacidad.
En este caso muchas comunidades contemplan incentivos fiscales para cubrir parte de los gastos. A escala estatal, pueden incluirse las cantidades satisfechas por obras que comenzaron antes del 1 de enero de enero de 2013.
La cantidad máxima que deducir es de 12.080 euros y la obra para adecuar la vivienda debía estar terminada antes del 1 de enero de 2017.
Rehabilitación y reformas en pisos alquilados
¿Qué ocurre con las reformas cuando los pisos están alquilados? ¿Se puede desgravar o restar de las ganancias? Las obras realizadas en un piso alquilado no dan lugar a una deducción propiamente dicha.
Aunque como norma general la fiscalidad del alquiler permite desgravar cualquier gasto en el que se incurra para alquilar la vivienda, lo cierto es que también es restrictiva respecto a los gastos relacionados con las reformas. El motivo es que, si te gastas 30.000 euros en reformar el piso y cobras un alquiler de 1.000 euros, Hacienda estará casi dos años sin ver ni un euro en concepto de impuestos.
Por eso mismo, Hacienda limita a la reposición las reformas y gastos que podrás desgravar. Para que lo entiendas mejor, si cambias las ventanas por unas mucho mejores, no estás reponiendo sino mejorando tu vivienda y eso no da lugar a deducción. ¿Por qué? Porque se supone que si hay una mejora también puedes cobrar más por el alquiler y eso no es algo que Hacienda deba subvencionar.
Este mismo principio es el que se aplicará sobre una posible deducción por reforma y rehabilitación de tu piso en alquiler.
Deducciones autonómicas por obras en casa
Al hablar del IRPF, una cosa es lo que se aplica en todo el Estado y otra diferente lo que ocurre en cada región. Y es que la renta 2021 se divide en un tramo nacional y en otro autonómico, que sirve para adecuar el impuesto a lo que ocurre las diferentes comunidades.
Los gobiernos autonómicos tienen la potestad de establecer sus propias deducciones en la renta y algunos todavía siguen premiando las reformas y obras en la vivienda habitual.
A continuación, las deducciones por reformas en la casa que aplican:
Andalucía
Permite desgravar el 2% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual protegida que constituya o vaya a constituir la residencia habitual del contribuyente. La base máxima de la deducción será de 9.040 euros. La aplicación de la deducción está condicionada al cumplimiento de los siguientes requisitos:
- Que la vivienda tenga la calificación de protegida.
- Que la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual se haya iniciado a partir del 1 de enero de 2003.
La deducción estará disponible para contribuyentes con unos ingresos máximos de:
- 2,50 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) en el caso de viviendas protegidas de régimen especial.
- 3,50 veces el IPREM para las viviendas protegidas de régimen general.
- 5,50 veces el IPREM en las vivienda protegidas de precio limitado,
En ningún caso, la base acumulada de la deducción correspondiente a los períodos impositivos en que ésta sea de aplicación podrá exceder de 20.000 euros por vivienda.
También se podrá desgravar el 3% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual para personas jóvenes que constituya o vaya a constituir la residencia habitual del contribuyente. La base máxima de la deducción será de 9.040 euros. La aplicación de la deducción está condicionada al cumplimiento de los siguientes requisitos:
- Que el contribuyente sea menor de 35 años en la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre). En caso de tributación conjunta, el requisito de la edad deberá cumplirlo, al menos, uno de los cónyuges o, en su caso, el padre o la madre en el supuesto de familias monoparentales.
- Que la suma de las bases imponibles general y del ahorro, casillas 435 y 460 de la página 12 de la declaración, no supere las siguientes cantidades:
- 19.000 euros en tributación individual.
- 24.000 euros en tributación conjunta.
- Que la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual se haya iniciado a partir del 1 de enero de 2003.
Eso sí, las deducciones por inversión en vivienda habitual protegida y por inversión en vivienda habitual por jóvenes son incompatibles entre sí.
Aragón
En Aragón se puede desgravar el 5% de las cantidades invertidas en rehabilitación de la vivienda en núcleos rurales o análogos , aunque sólo cuando:
- El contribuyente tenga su residencia habitual en la Comunidad Autónoma de Aragón y que a la fecha de devengo del impuesto tenga menos de 36 años.
- Que se trate de su primera vivienda.
- Que la vivienda esté situada en un municipio aragonés que tenga menos de 3.000 habitantes.
- Que la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro, menos el mínimo por contribuyente y el mínimo por descendientes (casillas 0435 y 0460 menos las casillas 0511 y 0513 de la página 14 de la declaración, respectivamente) no sea superior a:
- 21.000 euros en declaración individual.
- 35.000 euros en declaración conjunta.
- Esta deducción sólo será aplicable a las adquisiciones o rehabilitaciones de viviendas en núcleos rurales efectuadas a partir de 1 de enero de 2012.
Asturias
Las ayudas fiscales para reformar la vivienda en Asturias están ligadas a la discapacidad. En el caso de que sea el propio contribuyente quien acredite una discapacidad igual o superior al 65%, podrá deducir el 3% de la inversión para adecuar su vivienda sobre una base máxima de 13.664 euros.
Además, los contribuyentes que convivan con familiares con discapacidad también podrán deducir bajo los mismos parámetros. Para ello el familiar debe de ser directo, es decir, el cónyuge, ascendiente o descendiente y deberá vivir con él más de 183 días al año.También se pueden desgravar 113 euros por cada contribuyente que tenga derecho a percibir subvenciones o ayudas económicas para la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual que tenga la consideración de protegida. Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación de esta deducción respecto de los mismos bienes para un mismo período impositivo, su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales.
Baleares
La desgravación en las Islas Baleares está ligada a inversiones de mejora de la sostenibilidad de la vivienda y alcanzan un 50% de la inversión con un límite general de 10.000 euros.
Las reformas de mejora deberán hacer que el nivel de calificación de eficiencia de la vivienda suba por lo menos un nivel. En caso contrario no se podrá desgravar.
Para poder aplicar esta deducción, la base imponible total del contribuyente, casillas 0435 y 0465 de la declaración, no podrá superar:
- 30.000 euros en tributación individual.
- 48.000 euros en tributación conjunta.
Canarias
En Canarias se podrán desgravar las donaciones en metálico a descendientes para la compra o rehabilitación de su primera vivienda. El porcentaje de la deducción dependerá de la situación concreta del descendiente. Esto es lo que se tendrá en cuenta.
- EL 1% en donaciones a residentes en Canarias menores de 35 años con un máximo de 240 euros por donatario.
- El 2% en donaciones a residentes en Canarias menores de 35 años que acredite una discapacidad igual o superior al 33% con un máximo del 33% por donatario hasta un máximo de 480 euros-
- El 3% en donaciones a residentes en Canarias menores de 35 años que acredite un grado de discapacidad igual o superior al 65% con un máximo de 720 euros por donatario.
Además, los canarios también cuentan con una desgravación aparte del 10% de la inversión a las obras de adecuación por parte de personas con discapacidad.
También existe una deducción general por inversión en vivienda que puede aplicarse a las obras de ampliación de la casa. El porcentaje de la deducción depende de la base imponible general del ahorro. Estas son las dos escalas:
- 3,5% para bases inferiores a 15.000 euros.
- 2,5% para bases entre 15.000 y 30.000 euros.
Por último, existen una deducción por obras de rehabilitación energética y reforma de la vivienda habitual del 10% de las cantidades invertidas.
Esta deducción no podrá superar nunca del 10% de la cuota íntegra autonómica y es compatible con el resto de deducciones por reformas de la región.
Para poder aplicar la deducción, la vivienda debe de ser la habitual. La reforma también debe servir para mejorar el comportamiento energético de la vivienda, usar fuentes de energía renovable o mecanismos que ayuden a ahorrar agua en el hogar.
Cantabria
En Cantabria es posible deducir el 15% de las obras de mejora con un límite máximo de 1.000 euros en tributación individual y 1.500 euros en conjunta.
Estos límites aumentan en 500 euros adicionales siempre y cuando el contribuyente acredite un grado de discapacidad igual o superior al 65%.La mejora de la vivienda tendrá que ver con el aumento de la eficiencia energética o algún tipo de fomento de las energías renovables, la seguridad y la estanqueidad o las que supongan la instalación de infraestructuras de telecomunicación.
Castilla-La Mancha
Los castellanomanchegos puede aplicar una deducción por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual en zonas rurales que asciende al 15% de la inversión realizada siempre que la casa esté en municipios donde residan menos de 5.000 habitantes y que la compra sea posterior al 1 de enero de 2021.
La base de la deducción deberá ser inferior a 180.000 euros para todos los ejercicios en los que se aplique y nunca superará los 12.000 euros de máximo en un ejercicio.
Castilla y León
En Castilla y León se incentiva fiscalmente compra o rehabilitación de vivienda por parte de jóvenes -menos de 36 años- en núcleos urbanos con menos de 10.000 habitantes, aunque no podrán desgravar las que estén en municipios con más de 3.000 habitantes y a menos de 30 kilómetros de la capital de provincia. La cuantía de la deducción será del 15% de la inversión.
Sólo podrán desgravar las personas que no superen los 18.900 euros en tributación individual ni los 31.500 en conjunta para el resultado de restar la casilla 0520 a la suma de las 0435 y 0460 de la renta 2021.
Esta deducción es para aquellas adquisiciones que se hayan producido a partir de 1 de enero de 2016 y cuyo valor, a efectos del impuesto que grave la operación, debe ser menor de 135.000 euros y que la adquisición o rehabilitación de la vivienda se produzca a partir de 1 de enero de 2005.
A ésta hay que sumar la deducción por inversión en instalaciones medioambientales y de adaptación de la casa a personas con discapacidad que será del 10% de la inversión en paneles solares, cualquier mejora de en los sistemas de instalaciones térmicas, las mejoras para ahorrar agua y las obras de adecuación para la accesibilidad y comunicación sensorial de las personas discapacitadas que residan en la vivienda.
De nuevo, se mantendrán los límites anteriores para poder beneficiarse de esta ayuda fiscal.
Por último, hay una deducción por inversión en rehabilitación de viviendas destinadas a alquiler en núcleos rurales, también del 15% del dinero invertido, siempre que la casa en alquiler esté en núcleos rurales de menos de 10.000 habitantes o de 3.000 habitantes si está a más de 300 kilómetros de la capital de provincia.
En cualquier caso, el valor de la vivienda, a efectos del impuesto que grave la adquisición, debe ser menor de 135.000 euros.
Cataluña
En Cataluña la rehabilitación del domicilio habitual está premiada con una deducción de 1,5% sobre una base máxima de 9.040 euros. En este caso se pueden incluir las reformas de la casa que se vaya a habitar.
Para los contribuyentes por inversión en vivienda habitual, una deducción del 15% si se trata de las obras de adecuación de la vivienda habitual de personas con discapacidad.
Extremadura
En Extremadura existe una deducción por adquisición y rehabilitación para jóvenes menores de 36 años a 31 de diciembre y víctimas del terrorismo. La cuantía general será del 3% de la inversión, pero ascenderá al 5% cuando la casa esté en una población inferior a 3.000 habitantes. Eso sí, en este caso sólo las reformas posteriores a 2015 podrán beneficiarse del incentivo fiscal. La base máxima de la deducción es de 9.040 euros.
Galicia
Los contribuyentes gallegos pueden beneficiarse del dinero invertido en obras para dotar a su casa de instalaciones de climatización o agua caliente sanitaria, siempre que empleen energías renovables y destinadas exclusivamente al autoconsumo.
Cuando se den estas condiciones, se podrá desgravar el 5% de las cantidades invertidas con un límite de 280 euros por contribuyente.
También existe una deducción del 15% por rehabilitación de bienes inmuebles situados en centros históricos con un máximo de 9.000 euros.
A esta se suma la deducción por adquisición y rehabilitación de viviendas en los proyectos de aldeas modelo, que también es de un 15% sobre un máximo de 9.000 euros.
Por último, existe una deducción por obras de mejora de eficiencia energética en edificios de viviendas o en viviendas unifamiliares bajo las mismas condiciones de las desgravaciones anteriores.
Murcia
Los contribuyentes murcianos menores de 35 años podrán desgravar el 5% de las ampliaciones y rehabilitaciones de su vivienda habitual sobre una base máxima de 9.040 euros, siempre que la suma de las casillas 435 y 460 de la renta 2021 no supere los 24.107,2 euros ni la base imponible del ahorro sea superior a 1.800 euros. Podrán aplicarla los contribuyentes que hayan realizado la inversión en la vivienda habitual a partir de 1 de enero de 2013.
Además, podrán desgravar un 10% sobre una base máxima de 10.000 euros por la inversión en instalaciones de recursos energéticos renovables y un 20% hasta 60 euros por la instalación de dispositivos domésticos de ahorro de agua.
La Rioja
La deducción por obras asciende al 5% de la inversión en rehabilitación de su casa habitual y el 7% si se trata de jóvenes menores de 36 años sobre una base máxima de 9.040 euros. En cualquier caso, la base imponible no podrá superar 18.030 euros en tributación individual ni los 30.050 en conjunta.Por adquisición o rehabilitación en pequeños municipios se aplica una deducción del 5% de lo invertido con un máximo de 452 euros al año sobre una base de como mucho 9.040 euros.
El 15% de las cantidades satisfechas en obras de adecuación de aquella vivienda que, radicando en la Comunidad Autónoma de La Rioja, constituya o vaya a constituir su residencia habitual, siempre que se trate de contribuyentes que tengan la consideración de personas con discapacidad.
Comunitat Valenciana
En Valencia conviven varias deducciones. Por un lado está la de 102 euros por persona por las cantidades destinadas a la adquisición o rehabilitación de casas procedentes de ayudas públicas.
Además, existe una desgravación por inversiones en instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica o destinadas al aprovechamiento de determinadas fuentes de energía renovables. La deducción es del 40% para las obras en vivienda habitual y del 20% para el resto de viviendas.
A ellas se suma la deducción por obras de conservación o mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad, que permite desgravar un 20% por las cantidades pagadas en 2021 por las obras que se hayan realizado a partir de enero de 2017.
Esta deducción convive con la desgravación por esas mismas obras efectuadas en ejercicios anteriores. En concreto, se puede desgravar un 10% por las obras realizadas en 2014 y un 25% por obras de 2015.
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